Edición del
18 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TURISMO

Resolución 573/2019

RESOL-2019-573-APN-SGT#SGP

Ciudad de Buenos Aires, 27/11/2019

VISTO el EX-2017-01874883- -APN-DDYME#MTU, la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y 1.165 de fecha 11 de noviembre de 2016 y su modificatorio, la Decisión Administrativa N° 338 de fecha 16 de marzo de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa Nº 391 de fecha 3 de abril de 2018 se designó con carácter transitorio al señor D. Julio Eduardo CÁMARA (M.I. N° 13.991.403) en el cargo Nivel B, Grado 0, de Jefe de Departamento de Registro y Liquidación de Haberes dependiente de la Dirección General de Recursos Humanos en la órbita de la entonces SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del ex MINISTERIO DE TURISMO y prorrogada mediante Resolución N° 26 de fecha 16 de enero de 2019.

Que el referido cargo debía ser cubierto conforme el proceso de selección vigente en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y complementarios.

Que razones operativas hacen necesario prorrogar la designación transitoria aludida, atento a no haberse podido dar cumplimiento al proceso de selección establecido en la norma señalada en el párrafo anterior.

Que el señor D. Julio Eduardo CÁMARA se encuentra desempeñando el mencionado cargo.

Que la Dirección General de Administración y la Dirección General de Recursos Humanos ambas dependientes de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN E INVERSIONES TURÍSTICAS de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TURISMO de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, han tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos dependiente de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN E INVERSIONES TURÍSTICAS de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TURISMO de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decretos Nros. 632 de fecha 6 de julio de 2018, 802 de fecha 5 de septiembre de 2018 y 1.035 de fecha 8 de noviembre de 2018.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE TURISMO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Prorrógase, a partir de su vencimiento y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles la designación transitoria dispuesta por la Decisión Administrativa Nº 391 de fecha 3 de abril de 2018 y prorrogado mediante Resolución N° 26/2019 del señor D. Julio Eduardo CÁMARA (M.I. N° 13.991.403) en el cargo Nivel B, Grado 0, de Jefe de Departamento de Registro y Liquidación de Haberes dependiente de la Dirección General de Recursos Humanos de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN E INVERSIONES TURISTÍCAS de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TURISMO de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.

ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.) aprobado por el Decreto N° 2.098/08 sus modificatorios y complementarios en el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 23 de septiembre de 2019.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto correspondiente a la 20-06 - SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TURISMO.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese a la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN en orden a lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 1.165 de fecha 11 de noviembre de 2016 y su modificatorio.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese José Gustavo Santos

e. 06/12/2019 N° 93695/19 v. 06/12/2019

Fecha de publicación 06/12/2019