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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Decreto 856/2019

DECTO-2019-856-APN-PTE - Transfiérense agentes.

Ciudad de Buenos Aires, 06/12/2019

VISTO los Expedientes Nros. EX-2019-102142318-APN-DRRHHYO#SLYT y EX-2019-107266447-APN-DRRHHYO#SLYT, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, su Decreto Reglamentario N° 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y su modificatorio, y

CONSIDERANDO:

Que por los Expedientes citados en el VISTO tramitan las transferencias de la planta permanente de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN de la doctora María Lucrecia FRANGI (D.N.I N° 26.466.045) quien revista en UN (1) cargo Nivel B, Grado 3, Agrupamiento Profesional, Tramo General y de la doctora Verónica Andrea MAIORANO (D.N.I. N° 18.460.161) quien revista en UN (1) cargo Nivel B, Grado 7, Agrupamiento Profesional, Tramo Intermedio, ambos del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, a la planta permanente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, con sus respectivos cargos y niveles escalafonarios.

Que las transferencias en cuestión se fundamentan en que las referidas agentes cuentan con los conocimientos necesarios para el desarrollo de actividades de competencia específica del mencionado Ministerio.

Que en razón de lo expuesto resulta conveniente acceder a las transferencias de la doctora FRANGI y de la doctora MAIORANO con sus

respectivos cargos y niveles escalafonarios, conforme lo previsto en el artículo 15, inciso b), apartado IV del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 y su modificatorio.

Que la presente medida no implica menoscabo moral ni económico alguno para las agentes en cuestión, quienes han prestado su conformidad al respecto.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la Secretaría de Gobierno de Modernización de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la presente medida se dicta conforme las facultades emergentes de los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 15, inciso b), apartado IV del Anexo I al Decreto N° 1421/02 y su modificatorio.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Transfiérese, a partir del dictado del presente acto administrativo, de la planta permanente de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a la doctora María Lucrecia FRANGI (D.N.I N° 26.466.045), quien revista en UN (1) cargo Nivel B, Grado 3, Agrupamiento Profesional, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, a la planta permanente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, con su respectivo cargo y nivel escalafonario.

ARTÍCULO 2º.- Transfiérese, a partir del dictado del presente acto administrativo, de la planta permanente de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a la doctora Verónica Andrea MAIORANO (D.N.I N° 18.460.161), quien revista en UN (1) cargo Nivel B, Grado 7, Agrupamiento Profesional, Tramo Intermedio del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, a la planta permanente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, con su respectivo cargo y nivel escalafonario.

ARTÍCULO 3º.- Las agentes transferidas por los artículos 1° y 2° del presente decreto, mantendrán su actual Nivel, Grado, Tramo y Agrupamiento de revista alcanzados en sus carreras administrativas.

ARTÍCULO 4º.- Establécese que hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las erogaciones emergentes de las transferencias dispuestas por los artículos 1º y 2° de la presente medida, se efectuarán con cargo a los créditos presupuestarios de la Jurisdicción de origen.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Germán Carlos Garavano

e. 09/12/2019 N° 95199/19 v. 09/12/2019

Fecha de publicación 09/12/2019