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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y COORDINACIÓN DE OBRA PÚBLICA

Resolución 51/2019

RESOL-2019-51-APN-SPTYCOP#MI

Ciudad de Buenos Aires, 05/12/2019

VISTO el Expediente N° EX-2017-04982603- -APN-DPYS#MI, la ley de Obras Públicas N° 13.064, la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, los Decretos N° 1023 del 13 de agosto de 2001, N° 283 del 1° de febrero de 2016, N° 801 del 5 de septiembre de 2018, N° 1169 del 21 de diciembre de 208, y la Resolución N° RESOL-2018-118-APN#MI del 9 de marzo de 2018 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, y

CONSIDERANDO:

Que por Disposición N° DI-2017-13-APN-SSOP#MI, del 18 de octubre de 2017, de la ex SUBSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS dependiente de la entonces SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, se aprobó la Documentación Licitatoria y se convocó el llamado para la Licitación Pública Nacional N° 81-0011-LPU17, de la Obra denominada “PASO FRONTERIZO DE CONCORDIA – SALTO – PUENTE INTERNACIONAL SALTO GRANDE – PROVINCIA DE ENTRE RIOS”, sito en el Puente Fronterizo Salto Grande de la Ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, bajo el Sistema de Ajuste Alzado, conforme a lo establecido en los Artículos 5°, Inciso b), y 9° de la Ley de Obras Públicas N° 13.064, con un Presupuesto Oficial de PESOS VEINTIÚN MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SESENTA CON CINCO CENTAVOS ($21.269.760,05), Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) incluido.

Que el 1° de diciembre de 2017 se llevó a cabo la Apertura de las DOS (2) Ofertas recibidas correspondientes a las firmas: CODI S.R.L., por un monto de PESOS VEINTIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON SESENTA Y DOS CENTAVOS ($28.403.351,62), Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido; y CONSTRUCTORA PREMART S.R.L., por un monto de PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y DOS MIL DOSCIENTOS ($37.732.200) Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido.

Que por Disposición N° DI-2017-20-APN-SSOP#MI, del 19 de diciembre de 2017, de la ex SUBSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS dependiente de la entonces SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA, se designó a los miembros de la Comisión Evaluadora.

Que la mencionada Comisión Evaluadora emitió su Dictamen de Evaluación N° IF-2017-00697047-APN-DNA#MI, del 4 de enero de 2018, proponiendo desestimar la Oferta presentada por la Firma CONSTRUCTORA PREMART S.R.L. por no cumplimentar los requisitos exigidos en los Pliegos de la Licitación Pública Nacional N° 81-0011-LPU17.-

Que, por otra parte, dicha Comisión aconsejó la adjudicación de la Obra a la Firma CODI S.R.L. por resultar la Oferta más conveniente desde el punto de vista Técnico-Económico.

Que a través de la Resolución N° RESOL-2018-16-APN-SPTYCOP#MI, del 15 de noviembre de 2018, de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y COORDINACIÓN DE OBRA PÚBLICA del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, se aprobó el procedimiento llevado a cabo para la Licitación Pública Nacional N° 81-0011-LPU17, para la obra denominada “PASO FRONTERIZO DE CONCORDIA – SALTO – PUENTE INTERNACIONAL SALTO GRANDE – PROVINCIA DE ENTRE RIOS”, sito en el Puente Fronterizo Salto Grande de la Ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos y se adjudicó la Obra a la Firma CODI S.R.L.

Que por Resolución N° RESOL-2019-14-APN-SPTYCOP#MI, del 29 de abril de 2019, de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y COORDINACIÓN DE OBRA PÚBLICA se convalidó un Nuevo Modelo de Contrato de Obra como ANEXO N° IF-2019-22617146-APN-SPTYCOP#MI, en atención a las actuales competencias de la citada Secretaría en virtud de lo establecido por la Resolución N° RESOL-2018-118-APN#MI, del 9 de marzo de 2018, del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Que por Resolución N° RESOL-2019-37-APN-SPTYCOP#MI, del 8 de agosto de 2019, del registro de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y COORDINACIÓN DE OBRA PÚBLICA dejó sin efecto la adjudicación dispuesta mediante el Acto citado anteriormente N° RESOL-2018-16-APN-SPTYCOP#MI, con la consecuente pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, de conformidad con los dispuesto en Artículo 18 del Pliego de Bases y Condiciones, por haber citado para la firma del contrato a CODI S.R.L sin que concurriere a tal efecto.

Que el citado Artículo 18 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares estipula que “el Licitante estará facultado a adjudicar al siguiente Oferente, según su orden en la preselección hasta la efectiva suscripción del Contrato.”.

Que en consecuencia, no existiendo orden de mérito por haber sido desestimadas las ofertas presentadas por la firma CONSTRUCTORA PREMART S.R.L conforme surge del ARTÍCULO 2º de la RESOL-2018-16-APN-SPTYCOP#MI, resulta procedente dejar sin efecto el procedimiento de Licitación Pública Nacional N° 81-0011-LPU17 para la contratación de los trabajos de la Obra denominada “PASO FRONTERIZO DE CONCORDIA – SALTO – PUENTE INTERNACIONAL SALTO GRANDE – PROVINCIA DE ENTRE RIOS”, sito en el Puente Fronterizo Salto Grande de la Ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos.

Que el Artículo 18 de la Ley de Obras Públicas N° 13.064 prevé que “la presentación de las propuestas no da derecho alguno a los proponentes para la aceptación de aquéllas”.

Que, por su parte, el Artículo 20 del Decreto N° 1023 del 13 de agosto de 2001 determina que “Las jurisdicciones o entidades podrán dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización alguna en favor de los interesados u oferentes”.

Que, asimismo, el inciso g) del Artículo 11 del Decreto citado en el Considerando anterior, entre las formalidades de las actuaciones, se establece que deberá realizarse mediante el dictado del acto administrativo respectivo, “la revocación de los actos administrativos del procedimiento de contratación”.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN Y DISEÑO DE OBRA PÚBLICA dependiente de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y COORDINACIÓN DE OBRA PÚBLICA del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios Nro. 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, la Ley de Obra Pública Nro. 13.064, los Decretos Nº 1.023 del 13 de agosto de 2001, N° 283 del 1° de febrero de 2016, N° 801 del 5 de septiembre de 2018, N° 1169 del 21 de diciembre de 2018, y la Resolución N° RESOL-2018-118-APN#MI del 9 de marzo de 2018 del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Por ello,

EL SECRETARIO DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y COORDINACIÓN DE OBRA PÚBLICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Déjese sin efecto el procedimiento de LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 81-0011-LPU17 para la contratación de los trabajos de la Obra denominada “PASO FRONTERIZO DE CONCORDIA – SALTO – PUENTE INTERNACIONAL SALTO GRANDE – PROVINCIA DE ENTRE RIOS”, la cual se encauzó bajo el Sistema de Ajuste Alzado establecido en los Artículos 5°, inciso b), y 9° de la Ley de Obras Públicas N° 13.064, por los fundamentos expuestos en los Considerando y en virtud de lo normado en la mencionada Ley N° 13.064 y sus modificatorias, lo establecido en el inciso g) del Artículo 11 y en el segundo párrafo del Artículo 20 del Decreto N° 1023 del 13 de agosto de 2001.-

ARTÍCULO 2°: Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Fernando Alvarez De Celis

e. 09/12/2019 N° 94884/19 v. 09/12/2019

Fecha de publicación 09/12/2019