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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA

Resolución 2129/2019

RESOL-2019-2129-APN-SGC#MECCYT

Ciudad de Buenos Aires, 05/12/2019

VISTO el Expediente Electrónico N°41984338-CGD#MECCYT-2019, y

CONSIDERANDO:

Que los Premios Nacionales a la PRODUCCIÓN CIENTÍFICA, ARTÍSTICA Y LITERARIA, tienen el objeto de estimular y recompensar la producción científica, artística y literaria por su contribución a las múltiples manifestaciones en el campo cultural.

Que a través de la Resolución Nº 2019-1982-APN-MECCYT, se procedió a modificar el RÉGIMEN DE PREMIOS A LA PRODUCCIÓN CIENTÍFICA, ARTÍSTICA Y LITERARIA de la Resolución Nº 533-APN-MC-2018 a través del Anexo (IF-2019-49382735-APN-DNPEMC#MECCYT), y se designó al SECRETARIO DE GOBIERNO DE CULTURA como autoridad de aplicación del citado RÉGIMEN, autorizándolo a la modificación total o parcial de este último y designándolo como encargado de la instrumentación de todas las medidas pertinentes a fin de lograr su efectivo cumplimiento.

Que asimismo, mediante la citada Resolución Nº 1982/2019, se convocó al certamen de Premios Nacionales para el año 2019 conforme a las especialidades estipuladas en el Articulo Nº 6 del citado Anexo.

Que en virtud de la Resolución N° 2019-1799-APN-SGC#MECCYT, se designó la nómina de Jurados correspondiente a cada disciplina de los PREMIOS NACIONALES -Convocatoria 2019-, conforme su Anexo (IF-2019-88062448-APN-DNPEMC#MECCYT).

Que conforme lo estipulado en el RÉGIMEN DE PREMIOS A LA PRODUCCIÓN CIENTÍFICA, ARTÍSTICA Y LITERARIA, los jurados designados para cada una de las disciplinas, procedieron a evaluar las obras recibidas, emitiendo el correspondiente dictamen del que se desprende cuál es su veredicto.

Que corresponde adjudicar los PREMIOS NACIONALES 2019 para cada una de las categorías concursantes, de conformidad con lo establecido en el Anexo (IF-2019-107592665-APN-DNPEMC#MECCYT), que forman parte de la presente medida.

Que los ganadores del Primer Premio en cada una de las disciplinas concursantes se harán acreedores a una pensión vitalicia en los términos establecidos por la Ley N°16.516.

Que la presente medida cuenta con los créditos presupuestarios aprobados por la Ley No 27.467 - PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL, para el ejercicio 2019 y distribuido por la Decisión Administrativa No 12/19.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS y la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE GESTIÓN CULTURAL han intervenido en cuanto resulta materia de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de esta SECRETARIA DE GOBIERNO DE CULTURA ha tomado la itnervención de su competencia.

Que esta medida se dicta con fundamento en lo normado por la Resolución N°2019-1982-APN-MECCYT; los Decretos Nº 392/1986 y Nº 1344/2007; y en virtud de los objetivos asignados a esta SECRETARIA DE GOBIERNO DE CULTURA por el Decreto Nº 802/2018.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. – Aprobar lo actuado en el certamen de PREMIOS NACIONALES -CONVOCATORIA 2019-, con la respectiva Nómina de Ganadores correspondiente a cada una de las disciplinas concursantes, tal como se desprende del Anexo I (IF-2019-107592665-APN-DNPEMC#MECCYT), que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Adjudicar las asignaciones monetarias que para el Primer, Segundo y Tercer Premio de cada disciplina surgen del referido Anexo; haciéndose constar que los galardonados con la máxima distinción se harán acreedores a una pensión vitalicia en los términos establecidos por la Ley N°16.516 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se atenderá con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes al presente Ejercicio.

ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese a la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE GESTIÓN CULTURAL, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y, cumplido, archívese. Alejandro Pablo Avelluto

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 09/12/2019 N° 94707/19 v. 09/12/2019

Fecha de publicación 09/12/2019