COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO
Resolución 19/2019
Montevideo, 05/12/2019
Visto:
La necesidad de contribuir a la conservación y racional explotación de la especie anchoíta (Engraulis anchoita).
Resultando:
Que la Subcomisión de Recursos Vivos, sobre la base de información científica actualizada, ha sugerido medidas con el objetivo de mantener la sustentabilidad del recurso.
Atento:
A lo establecido en los artículos 80 y 82 del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.
LA COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO
RESUELVE:
Artículo 1°) Fíjese en 80.000 toneladas la captura total permisible de la especie anchoíta (Engraulis anchoita) para el año 2020 en la Zona Común de Pesca.
Artículo 2°) Comuníquese al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay.
Artículo 3°) Publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay. Roberto García Moritán - Julio C. Suárez
e. 11/12/2019 N° 95527/19 v. 11/12/2019
Fecha de publicación 11/12/2019