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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Resolución 1/2020

RESOL-2020-1-APN-INPI#MDP

Ciudad de Buenos Aires, 07/01/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2019-109881705-APN-DO#INPI del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), organismo autárquico que funciona en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, y

CONSIDERANDO:

Que la Sra. Catalina Asunción MAGGIO, (DNI N° 11.509.271) ha solicitado en fecha 20 de noviembre de 2019, la renuncia a la matrícula Nº 2042 de AGENTE DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.

Que la revocación de la matrícula está prevista por el art.10 de la Resolución INPI P-101 de fecha 18 de abril de 2006, que aprueba el Reglamento para el ejercicio de la Profesión de Agente de la Propiedad Industrial, estando la renuncia contemplada en la norma legal citada.

Que a fin de otorgarle mayor seguridad jurídica a la suspensión respecto de terceros, resulta conveniente que la interesada notifique su baja en la matrícula en cada uno de los expedientes que tenga en trámite.

Que por RESOL-2019-1504-APN-MPYT, del ex Ministerio de Producciòn y Trabajo, fue aceptada a partir del 10 de diciembre de 2019, la renuncia presentada por el Abogado Dn. Dàmaso Alejandro PARDO (M.I Nº 12.150.637) al cargo de Presidente de este Instituto.

Que la Dirección General de Coordinación Administrativa y la Dirección de Asuntos Legales, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Articulo Nº 91 la Ley Nº 24.481 (t.o 1996).

Por ello,

LA VICEPRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Acéptase la renuncia de la Sra. Catalina Asunción MAGGIO (DNI N.º 11.509.271) a la Matrícula Nº 2042 de AGENTE DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.

ARTICULO 2º.- Procédase a formalizar la baja del Registro de la Matrícula de Agentes de la Propiedad Industrial, por intermedio del Departamento de Mesa de Entradas de la Dirección Operativa.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese a la interesada que le incumbe la obligación de notificar su renuncia a la matrícula en cada uno de los expedientes que tenga en trámite.

ARTICULO 4º.-. Notifíquese a la interesada y a los sectores intervinientes del Instituto.

ARTICULO 5º.- Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación por el término de UN (1) día en el Boletín Oficial, publíquese en los Boletines de Marcas y de Patentes, comuníquese y archívese. Anabella Quintana

e. 10/01/2020 N° 1226/20 v. 10/01/2020

Fecha de publicación 10/01/2020