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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS ADUANA BAHÍA BLANCA

Disposición 9/2020

DI-2020-9-E-AFIP-ADBABL#SDGOAI

Bahía Blanca, Buenos Aires, 08/01/2020

VISTO, el correo electrónico de fecha 23 de diciembre de 2019 enviado a esta Aduana de Bahía Blanca por personal de la Dirección Regional Aduanera Pampeana, donde se informa el producido de la Subasta Pública realizada el día 20 de diciembre del corriente en el Salón Auditorio del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, y;

CONSIDERANDO:

Que, esta Aduana de Bahía Blanca de la Dirección Regional Aduanera Pampeana, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior, Dirección General de Aduanas, Administración Federal de Ingresos Públicos, en el marco de la Actuación SIGEA del asunto, Sumario Contencioso Nro. 003-SC-304-2013/6 y conforme el Decreto Poder Ejecutivo Nacional Nro. 618 de fecha 10 de julio de 1997, destino a Subasta Pública mediante Disposición Nro. DI-2019-36-E-AFIP-ADBABL#SDGOAI, un automóvil Marca MERCEDES BENZ, Modelo SLK 230 KOMPRESSOR, Chasis (VIN WDB1704471F031214), Motor Nro. 111.973-12-015319, Año 1997, Dominio LAM016, ACTA LOTE Nro. 18003GSM000003.-

Que, la subasta pública fue impulsada por el Banco de la Ciudad de Buenos Aires con fecha 20 de Diciembre de 2019 por cuenta, orden y a nombre de la Dirección General de Aduanas, informando dicha entidad bancaria que el automotor fue subastado exitosamente. En ese sentido, la División Coordinación de Secuestros y Rezagos de la Dirección Coordinación y Evaluación Operativa Aduanera de la Dirección General de Aduanas, informa a la Dirección Regional Aduanera Pampeana (SDG OAI), sobre los resultados de la subasta pública efectuada en la fecha mencionada, solicitando iniciar los actos de aprobación de la misma, haciendo lo propio personal de la DI RAPA, requiriendo a esta Aduana la emisión del acto administrativo de aprobación de lo producido en la venta del vehículo automotor en trato, mediante correo electrónico de fecha 23/12/2019 y en los términos de lo establecido en la Sección V “Disposiciones comunes a la importación y a la exportación”, Título II “Despacho de Oficio”, Capítulo Segundo “Mercadería que hubiere sido objeto de comiso o abandono”, Artículo Nro. 432 de la Ley Nro. 22.415 y modificatorias (Código Aduanero) que reglamenta: “La venta practicada queda sujeta a la aprobación del administrador de la aduana o quién ejerciere sus funciones. En caso de no aprobarla, podrá disponer nuevas subastas u ofertas bajo sobre cerrado o solicitar a la Administración Nacional de Aduanas su venta por otros medios autorizados.” .-

Que, en ese orden, la base de venta mediante la cual el automotor fue dispuesto en subasta pública ascendió al monto de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA MIL con 00/100.- ($ 290.000,00), siendo el VALOR EN ADUANA de esta mercadería de acuerdo a lo establecido por la Sección Inspección Simultánea de esta Aduana de Bahía Blanca en su Informe Nro. 95/2019 de fecha 24/04/2019 y que obra a fs. 203 de la Actuación SIGEA en trato, todo conforme lo establecido en el Artículo Nro. 431, Apartado 1° de la misma Sección y Título indicados en el considerando anterior del Código Aduanero, que reglamenta: “La base de la subasta u oferta bajo sobre cerrado consistirá en el valor en aduana de la mercadería. A tal fin, se tomará en cuenta como elemento momento el de la fecha en que se efectuare la valoración a que se refiere el art. 429.”, normando dicho artículo: “Cuando la mercadería pasare a ser propiedad del Estado Nacional, en virtud del comiso o abandono, el servicio aduanero dispondrá su venta, previa verificación, clasificación y valoración de la misma, no admitiéndose, luego diferente destinación que la definitiva que se fijare en el acto que ordenare la venta correspondiente.”:-

Que, conforme todo lo expuesto en el presente acto administrativo, la entidad bancaria que tuvo a su cargo la organización e impulso de la subasta pública, informa a esta Dirección General de Aduanas que el automotor fue subastado exitosamente mediante número de Remate 2.209 cuyo precio de venta resulto en PESOS OCHOCIENTOS VEINTE MIL con 00/100.- ($ 820.000,00), ver fojas útiles 206, monto que a consideración de este Administrador resulta razonablemente satisfactorio teniendo en cuenta la base de valor que salió en oferta pública, correspondiendo, en consecuencia, APROBAR el valor de subasta.-

Que, por último, resulta dable señalar que el Banco de la Ciudad de Buenos Aires informa los datos del adquirente de la unidad siendo WEISS, Sebastián Ezequiel, Documento Nacional de Identidad Nro. 23.904.858 (C.U.I.T.: N°20-23904858-8), con domicilio en la calle LACROZE Nro. 5063 de la localidad de VILLA BALLESTER, Provincia de Buenos Aires (C.P. 1653), teléfono 45089916 (ver fs. 211 vta.), informando que el nuevo adquirente dejo como seña la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA con 00/100.- ($ 265.680,00), ordenando, en este acto, a la Sección Sumarios de esta Aduana de Bahía Blanca que tendrá a su cargo la entrega del vehículo automotor, que la misma deberá efectivizarse una vez que la entidad bancaria informe que se completó la totalidad del monto de la subasta pública, dejando constancia de todo lo actuado mediante el labrado de un Actade estilo y que todos los gastos que se generen tanto para el traslado del vehículo automotor como los necesarios para que el mismo pueda ser utilizado en la vía pública son a cargo exclusivo del adquirente del automotor.-

Que el presente acto administrativo se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Poder Ejecutivo Nacional Nro. 618 del fecha 10 de julio de 1997, la Ley Nro. 22.415 y modificatorias (Código Aduanero) y la Disposición Nro. 2019-263-E-AFIP-AFIP.-

Por ello;

EL ADMINISTRADOR DE LA ADUANA DE BAHÍA BLANCA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º: APROBAR el monto de la venta en pública subasta realizada el día 20 de diciembre de 2019, organizada e impulsada por el Banco de la Ciudad de Buenos Aires por cuenta, orden y en nombre de la Dirección General de Aduanas, con relación al Remate N° 2.209 integrado por: un automóvil Marca MERCEDES BENZ, Modelo SLK 230 KOMPRESSOR, Chasis (VIN WDB1704471F031214), Motor Nro. 111.973-12-015319, Año 1997, Dominio LAM016, que asciende a la suma de PESOS OCHOCIENTOS VEINTE MIL con 00/100.- ($ 820.000,00), conforme las consideraciones de hecho y de derechos esgrimidas in extenso en el presente acto administrativo.-

ARTÍCULO 2º: Por Sección Sumarios de esta Aduana de Bahía Blanca, PROCÉDASE con todos los trámites necesarios para la entrega del vehículo automotor, cumpliendo con todos los requisitos establecidos en el considerando precedente. Una vez finalizados todos los trámites administrativos y entregado el vehículo automotor a su nuevo adquirente, agregadas las constancias correspondientes tanto en el expediente como en la carpeta de Actas de Devolución, Donación, Subasta y Destrucción, cumplidos todos los registros informáticos, PROCÉDASE con el Archivo definitivo del Sumario Contencioso Nro. 003-SC-304-2013/6 que tramitó al amparo de la Actuación SIGEA Nro. 12570-9-2012.-

ARTÍCULO 3º: DEJAR SIN EFECTO la Disposición DI-2019-136-E-AFIP-ADBABL#SDGOAI de fecha 30 de diciembre de 2019 y la Disposición DI-2020-8-E-AFIP-ADBABL#SDGOAI de fecha 7 de enero de 2020, las que serán reemplazadas en todos sus términos por la presente.-

ARTÍCULO 4º: NOTIFÍQUESE, el presente acto administrativo a la Oficina Depósito General de la Sección Análisis de Procesos Operativos Regionales de la División Evaluación y Control Operativo Regional, Dirección Regional Aduanera Pampeana (SDG OAI).-

ARTÍCULO 5°: Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Patricio Guido Figari Patanian

e. 10/01/2020 N° 1200/20 v. 10/01/2020

Fecha de publicación 10/01/2020