ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
EDICTO
Por ignorarse domicilio, se cita a las personas que mas abajo se mencionan, para que dentro de los 10 (diez) días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por las infracciones que se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta oficina aduanera (Art. 1001 del C.A.) bajo apercibimiento de ley (Art. 1004 del C.A.). Se les hace saber que el pago de la multa mínima y en caso de corresponder, el abandono de la mercadería del Acta que mas abajo se indica, producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente (Art. 930/932 del C.A.).- Fdo.: Abog. Marcos Mazza –División Secretaría Nº2-Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
Actuación: 12227-1212-2014
Imputado: DANIEL ALBERTO MORALES PAS Nº: AAA927336
Infracción: 977 C.A
Multa: $ 61685
Tributos: U$$4668,72 y $25910,79 y presentación de Certificado de Origen conforme Res.763/96, DJCP (Res MEOSP Nº 850/96) para el libramiento a plaza.
Acta Denuncia: 230/2014.
Marcos Marcelo Mazza, Jefe de División, División Secretaría N° 2.
e. 10/01/2020 N° 1112/20 v. 10/01/2020
Fecha de publicación 10/01/2020