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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 6858/2020

09/01/2020

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Circular REMON 1 - 989. Efectivo mínimo. Adecuaciones.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, establece:

“1. Incorporar, con vigencia a partir del 1.2.2020, en las normas sobre “Efectivo mínimo” lo siguiente:

“1.5.4. Especial para entidades comprendidas en el Grupo “A”, conforme a lo previsto en la Sección 4. de las normas sobre “Autoridades de entidades financieras” y las sucursales o subsidiarias de bancos del exterior calificados como sistémicamente importantes (G-SIB) no incluidas en ese grupo.

La exigencia se reducirá por un importe equivalente al 30 % de la suma de las financiaciones en pesos a MiPyMEs –conforme a la definición contenida en las normas sobre “Determinación de la condición de micro, pequeña o mediana empresa”– otorgadas a una tasa de interés máxima del 40 % nominal anual fija.

A tal efecto, se considerará el saldo promedio mensual de las financiaciones alcanzadas del período anterior al de cómputo de la exigencia que cumplan las condiciones señaladas.

Esta deducción no podrá superar el 2 % de los conceptos en pesos sujetos a exigencia, en promedio, del mes anterior al de cómputo.”

2. Incorporar, con vigencia a partir del 1.2.2020, como último párrafo del punto 1.5. de las normas sobre “Efectivo mínimo” lo siguiente:

“Las financiaciones computadas para la deducción del punto 1.5.4. no podrán ser consideradas para la determinación de la deducción del punto 1.5.1.”

Por otra parte, les hacemos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas de referencia. En tal sentido, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Sistema Financiero – MARCO LEGAL Y NORMATIVO - Ordenamientos y resúmenes - Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Enrique C. Martin, Subgerente de Emisión de Normas - María D. Bossio, Subgerente General de Regulación Financiera

ANEXO

El/Los Anexo/s no se publican: La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el sitio www.bcra.gob.ar (Solapa “Sistema Financiero” – MARCO LEGAL Y NORMATIVO”).

e. 14/01/2020 N° 1569/20 v. 14/01/2020

Fecha de publicación 14/01/2020