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Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 14/2020

RESOL-2020-14-APN-MT

Ciudad de Buenos Aires, 13/01/2020

VISTO el EX-2020-01405798- -APN-DNASI#MPYT, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias, la Ley N° 23.551 y sus modificatorias, los Decretos Reglamentarios N° 467 de fecha 14 de abril de 1988 y N° 514 de fecha 7 de marzo de 2003, y

CONSIDERANDO

Que por la Ley N° 23.551 y sus modificatorias se estableció el régimen aplicable para las asociaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores.

Que el artículo 21 de la citada Ley establece que, a los fines de su inscripción, las asociaciones presentarán ante la autoridad administrativa del trabajo una solicitud haciendo constar: a) Nombre, domicilio, patrimonio y antecedentes de su fundación; b) Lista de afiliados; c) Nómina y nacionalidad de los integrantes de su organismo directivo; y d) Estatutos.

Que, en ese sentido, el artículo 22 de dicha Ley dispone que cumplidos los recaudos mencionados en el considerando anterior, la autoridad administrativa del trabajo, dentro de los NOVENTA (90) días de presentada la solicitud, dispondrá la inscripción en el registro especial y la publicación, sin cargo, de la resolución que autorice la inscripción y extracto de los estatutos en el Boletín Oficial.

Que con fecha 07 de abril de 2015 la asociación sindical SINDICATO DE TRABAJADORES DEL ESTADO MUNICIPAL CORRIENTES (SI.T.E.M.CO), con domicilio en calle Presidente General Julio Argentino Roca N°1186, Departamento Capital, Provincia de CORRIENTES, solicitó su Inscripción Gremial.

Que posteriormente, la citada entidad interpuso demanda por denegatoria tácita, en los términos del artículo 62 inciso d) de la Ley N° 23.551.

Que con fecha 30 de octubre de 2017, la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, en los autos caratulados “SINDICATO DE TRABAJADORES DEL ESTADO MUNICIPAL DE CORRIENTES c/ MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL s/ LEY DE ASOCIACIONES SINDICALES” (EXPTE. N° 51321/2017), ordena que se inscriba a la entidad en el Registro Especial de Asociaciones Sindicales simplemente inscriptas.

Que la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales de este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en virtud de la manda judicial impetrada, aconseja proceder a la inscripción gremial conforme ha sido ordenado, haciendo saber que prevalecerán de pleno derecho las disposiciones de la legislación, decretos y demás normas vigentes aplicables, sobre normas estatutarias, en cuanto pudieren oponerse.

Que el reconocimiento de la vocación de representar de la entidad, cuya inscripción se solicita, no implica adelantar juicio sobre la capacidad de representación la cual, de solicitarse la personería gremial, será evaluada de acuerdo a los Artículos 25 y 28 de la Ley N° 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.

Que al acceder a la personería jurídica a través de la Inscripción, dado que las actuales autoridades de su cuerpo directivo son fundacionales, corresponde regularizar la situación institucional, a cuyo efecto deberá llamar a elecciones, con carácter previo a toda petición ante esta Autoridad, conforme el procedimiento establecido en el estatuto que se aprueba.

Que el Servicio Jurídico permanente ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente Resolución se dicta al solo efecto de dar cumplimiento de la Sentencia Definitiva mencionada y en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 20 bis, inciso 41), de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, y el artículo 56 de la Ley de Asociaciones Sindicales N° 23.551.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Inscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores al SINDICATO DE TRABAJADORES DEL ESTADO MUNICIPAL CORRIENTES (SI.T.E.M.CO), con domicilio en calle Presidente General Julio Argentino Roca N°1186, Departamento Capital, Provincia de CORRIENTES, con carácter de Asociación Gremial de primer grado, para agrupar a los trabajadores que presten servicio en relación dependencia con la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, con zona de actuación en el Departamento Capital, Provincia de CORRIENTES.

ARTICULO 2º.- Apruébese el texto del estatuto del SINDICATO DE TRABAJADORES DEL ESTADO MUNICIPAL CORRIENTES (SI.T.E.M.CO), obrante en el orden N° 6, IF 2020-01545366-APN-DNASI#MPYT, del EX-2020-01405798- -APN-DNASI#MPYT, que forma parte integrante del acto administrativo.

ARTICULO 3º.- Establécese que dentro del plazo de diez (10) días a partir de la notificación de esta Resolución, la Asociación Sindical mencionada en el artículo 1° deberá presentar ante esta Autoridad de Aplicación el estatuto aprobado en la forma sintetizada conforme lo previsto por la Resolución N° 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS a los fines de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 4º.- Intímese a que, con carácter previo a toda petición, regularice la peticionante su situación institucional y convoque a elecciones de la Comisión Directiva, bajo apercibimiento de lo establecido por el Artículo 56, inciso 4), de la Ley N° 23.551.

ARTICULO 5º.- Notifíquese la presente medida a la asociación sindical “SINDICATO DE TRABAJADORES DEL ESTADO MUNICIPAL CORRIENTES (SI.T.E.M.CO)”.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Claudio Omar Moroni

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 14/01/2020 N° 1710/20 v. 14/01/2020

Fecha de publicación 14/01/2020