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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 6863/2020

14/01/2020

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Circular CONAU 1 - 1376 Regímenes Informativos. Prórroga.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que se dispuso posponer la presentación del Régimen Informativo Estado Financiero para Publicación Trimestral/Anual y del Régimen para Supervisión, correspondientes al período diciembre 2019. En ese sentido, el vencimiento para sendos regímenes operará el 02.03.2020.

Por otra parte, durante el período enero-marzo 2020, el vencimiento para la presentación de los regímenes informativos mensuales que se detallan a continuación, operará el día 20 del mes siguiente al mes al que corresponden los datos.

- Balance de Saldos (R.I.-B.S.)

- Deudores del Sistema Financiero (R.I.-D.S.F.)

- Exigencia e Integración de Capitales Mínimos (R.I.-E.I.C.M.)

- Efectivo Mínimo y Aplicación de Recursos (R.I.-E.M. y A.R.)

- Relación para los Activos Inmovilizados y Otros Conceptos (R.I. – A.I.)

- Estado de Consolidación de Entidades Locales con Filiales y Subsidiarias Significativas en el País y en el Exterior (R.I. – E.C.)

- Estado de Situación de Deudores Consolidado con Filiales y Subsidiarias Significativas en el País y en el Exterior (R.I. – E.S.D.C.)

- Pago de Remuneraciones mediante Acreditación en Cuenta Bancaria (R.I. – P.R.)

- Financiamiento con Tarjetas de Crédito (R.I. – F.T.C.)

- Títulos Valores (R.I.-T.V.) - Transparencia (R.I. – T)

- Posición Global Neta de Moneda Extranjera (R.I. – P.G.)

- Base de datos – Padrón. (R.I. – B.P.)

- Información Institucional de Entidades Financieras y Cambiarias (R.I.- I.I.)

- Ratio de Cobertura de Liquidez (R.I. - L.C.R.)

- Reclamos

- Grandes Exposiciones al Riesgo de Crédito (R.I. – G.E.)

- Posición neta diaria en LELIQ (R.I. – P.N.L.)

Cabe aclarar que, esta fecha de presentación también debe ser considerada para los requerimientos informativos trimestrales que están sujetos al vencimiento de los regímenes informativos mensuales.

Por último, se dispuso para los regímenes informativos para Publicación Trimestral/ Anual y para Supervisión, que el vencimiento para la presentación de las informaciones correspondientes a todo el período 2020, será a los 60 días posteriores al cierre del trimestre.

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Rodrigo J. Danessa, Gerente Principal de Régimen Informativo y Centrales de Información a/c - Estela M. del Pino Suárez, Subgerente General de Régimen Informativo y Protección al Usuario de Servicios Financieros.

e. 20/01/2020 N° 2510/20 v. 20/01/2020

Fecha de publicación 20/01/2020