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BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “B” 11933/2020

10/01/2020

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Tasa LIBOR.

Nos dirigimos a Uds. a los efectos de informarles que a instancias de los líderes del G20 (declaración de San Peterburgo, de septiembre de 2013), el Financial Stability Board (FSB) creó un grupo, el FSB’s Official Sector Steering Group, integrado por los reguladores y los bancos centrales de un grupo de jurisdicciones, para coordinar las reformas a fin de dotar de mayor precisión y confiabilidad a las denominadas tasas de interés de referencia que son de uso difundido a nivel global. Una descripción más detallada de los desafíos y avances vinculados con esa tarea se puede obtener consultando los siguientes documentos publicados por el FSB: “Reforming Major Interest Rate Benchmarks”, de julio de 2014 y “Reforming major interest rate benchmarks. Progress report”, de diciembre de 2019.

Las tasas de interés de referencia de uso más difundido son las London InterBank Offered Rates (LIBOR). Estas tasas, que se calculan para distintos plazos y monedas (USD, EUR, GBP, JPY y CHF), son supervisadas desde abril de 2013 por la Financial Conduct Authority (FCA) del Reino Unido. El trabajo conjunto de la FCA, el ICE Benchmark Administration (IBA) y los bancos que conforman el panel de consulta ha mejorado significativamente el cálculo y la confiabilidad de las tasas publicadas. Sin embargo, en función de un acuerdo alcanzado en 2017, aquellos bancos participantes se han comprometido a seguir reportando cotizaciones sólo por dos años más. Es decir, después del 31 de diciembre de 2021, la FCA no obligará a dichos bancos a proporcionar datos por lo que, no es posible asegurar que las tasas LIBOR seguirán siendo publicadas o cuál será su representatividad a partir de esa fecha.

En el marco de la reforma de las tasas de interés de referencia que lidera el FSB, las autoridades de un grupo de países están trabajando para proveer tasas de referencia alternativas, comúnmente denominadas libres de riesgo (risk-free rates, RFR) o casi libres de riesgo (nearly risk-free reference rates). Esta denominación obedece al hecho de que, a diferencia de las IBORs (LIBOR, EURIBOR, HIBOR, MIBOR, SIBOR, TIBOR), las RFR (SOFR, SONIA, TONAR, SARON, ESTER), calculadas a partir de operaciones “overnight” o de operaciones de “swap”, no reflejan el riesgo de crédito interbancario sin garantía.

La transición a las tasas de referencia alternativas genera riesgos legales, operativos y financieros, particularmente asociados a las operaciones a LIBOR que se extienden más allá del 31 de diciembre de 2021.

En este marco, el Banco Central de la República Argentina solicitará información relacionada a las entidades financieras.

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Ana M. Dentone, Subgerente de Emisión de Normas - Marcelo L. Raffin, Gerente Principal de Estabilidad Financiera.

e. 27/01/2020 N° 3569/20 v. 27/01/2020

Fecha de publicación 27/01/2020