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26 de Abril de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA TINOGASTA

En los términos del art. 417 de la Ley N° 22.415 Código Aduanero, se comunica a quienes acrediten derecho a disponer de las mercaderías cuya identificación se detalla a continuación, que podrán solicitar al respecto alguna de las destinaciones autorizadas, dentro de los treinta (30) días corridos contados desde la presente publicación, conforme lo establece el art. 418 de la norma indicada, sin perjuicio del pago de las multas que correspondieren según art. 218 y 222 de la misma Ley, bajo apercibimiento de declarar el abandono de dichos bienes a favor del Estado Nacional, de acuerdo con el art. 421 y concordantes del citado texto legal. A tales efectos, los interesados deberán presentarse en días hábiles y en el horario de 08:00 a 16:00 horas, en la sede de la Aduana de Tinogasta, sita en calle Presidente Perón esquina Copiapó de la ciudad de Tinogasta provincia de Catamarca.

Mario Alberto Gutierrez, Administrador de Aduana.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Aviso Oficial se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 31/01/2020 N° 4469/20 v. 31/01/2020

Fecha de publicación 31/01/2020