ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA NEUQUÉN
Se hace saber que en la Actuación SIGEA Nº 17753-6-2017 que tramita ante esta ADUANA DE NEUQUÉN por presunta infracción al art. 962 del Código Aduanero, se ha dictado RESOL-2019-320-E-AFIP-ADNEUQ#DGOAI, cuyo articulado se transcribe: “ARTICULO 1º: DECLARAR EXTINGUIDA la acción penal aduanera contra CORVALAN TORRES Juan Eulogio, RUT Nº 7.036.540-5, atento las razones expresadas en los considerandos y en virtud de lo dispuesto por el art. 929 inc b) del Código Aduanero y contra la firma GAS & GAS S.A., RUT Nº 76045823-6, con domicilio en calle La Rioja Nº 1020 de la ciudad de Neuquén Capital en virtud de lo dispuesto por los artículos 930 y 932 del mismo exto legal, por la infracción prevista y penada por el art. 962 del Código Aduanero.; ARTÍCULO 2º: Aceptar el abandono a favor del Estado de la mercadería secuestrada bajo Acta Lote Nº 2017-075-000006, debiendo por Sección Sumarios proceder a su destrucción, atento a su condición de usada.; ARTÍCULO 3°: Notifíquese.”.
Julio Facundo Salto, Administrador de Aduana.
e. 06/02/2020 N° 5417/20 v. 06/02/2020
Fecha de publicación 06/02/2020