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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 6888/2020

03/02/2020

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Circular OPRAC 1 – 998, LISOL 1 – 859. Financiamiento al sector público no financiero. “Programa de Emisión de Letras del Tesoro de la Provincia del Chubut”.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

“- No formular observaciones, respecto de la restricción contenida en el punto 2.1. de las normas sobre “Financiamiento al sector público no financiero”, a que las entidades financieras puedan adquirir letras del tesoro a ser emitidas –en PESOS– por la provincia del Chubut por hasta la suma en circulación de valor nominal $ 800.000.000, en el marco del “Programa de Emisión de Letras del Tesoro de la Provincia del Chubut” y de acuerdo con las condiciones establecidas en las Resoluciones Nº 173/2019, Nº 208/2019 y Nº 1/2020 del Ministerio de Economía y Crédito Público de esa provincia y en la Resolución Nº 3/2020 de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Nación, sin perjuicio de la observancia por parte de las entidades financieras intervinientes de las disposiciones en materia de fraccionamiento del riesgo crediticio establecidas en las normas citadas.

Al no contar estas letras con alguna de las garantías elegibles previstas por las normas de esta Institución, las entidades financieras adquirentes deberán cumplir además las disposiciones aplicables establecidas en las normas sobre “Capitales mínimos de las entidades financieras” y “Financiamiento al sector público no financiero” (puntos 2.6.2.8. –mayor ponderador de riesgo– y 6.1.2.1., acápite b. –límite global del 5 % de la responsabilidad patrimonial computable de la entidad–, respectivamente).”

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas - María D. Bossio, Subgerente General de Regulación Financiera a/c.

e. 07/02/2020 N° 5463/20 v. 07/02/2020

Fecha de publicación 07/02/2020