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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 98/2020

RESOL-2020-98-APN-MT

Ciudad de Buenos Aires, 17/02/2020

VISTO El Expediente EX-2019-102532659- APN-DGD#MPYT, y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la resolución judicial recaída en los autos caratulados “SAILLEN, Julio Mauricio; CATRAMBONE, Pascual Vicente, KRAINDBUHL, Juan Manuel y otros – defraudación por administración fraudulenta, usura, infracción art. 303 inc 1 C.O. y otros” (Expte. N° FCB 10016/2018) de fecha 15 de noviembre de 2019, se resolvió: intervenir de manera inmediata el Sindicato único de recolección de residuos y barrido de Córdoba (S.U.R.R.B.A.C.) para normalizar la situación generada a través de años de incumplimientos normativos, contabilización informal o paralela que fue con el paso del tiempo generando en el entorno familiar de los principales implicados, un cúmulo de bienes que analizados en perspectiva ocasionan un verdadero estupor en toda la comunidad.

Que en virtud de lo ordenado en la manda judicial, corresponde designar un funcionario interventor de la asociación sindical “SINDICATO UNICO DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS Y BARRIDO DE CÓRDOBA (S.U.R.R.B.A.C.)”.

Que con fecha 13 de febrero de 2020, la SECRETARÍA DE TRABAJO ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase como Funcionario Interventor de la asociación sindical “SINDICATO UNICO DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS Y BARRIDO DE CÓRDOBA (S.U.R.R.B.A.C.)”, al Dr. Alberto Ricardo Ramón Simón (DNI 11.580.782) con domicilio en Avda. Pueyrredón 651, torre 3, piso 1, Dpto F, Córdoba.

ARTÍCULO 2°.- Facúltase al Funcionario Interventor a ejercer los actos conservatorios y de administración necesarios para subsanar las irregularidades existentes, determinadas por la Autoridad Judicial. En ejercicio de dichas facultades deberá presentar un informe detallado del estado económico financiero en que se encuentra la entidad, como así también rendición detallada de su gestión en el cargo, en el término de CUARENTA Y CINCO (45) días contados desde la fecha de notificación de la presente, ante la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales dependiente de la SECRETARÍA DE TRABAJO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la persona mencionada en el artículo 1° de la presente resolución.

ARTÍCULO 4°: Regístrese en la DIRECCIÓN NACIONAL DE ASOCIACIONES SINDICALES.

ARTÍCULO 5°: Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Claudio Omar Moroni

e. 19/02/2020 N° 8328/20 v. 19/02/2020

Fecha de publicación 19/02/2020