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JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Resolución 45/2020

RESOL-2020-45-APN-JGM

Ciudad de Buenos Aires, 26/02/2020

VISTO el expediente EX-2020-10890908- -APN-DNGIYPS#JGM, y sus modificatorias, la Ley de Ministerios N° 22.520 y modificatorias (Decreto NyU N° 50/2019), la Ley Marco de Regulación del Empleo Público Nacional N° 25.164, su Decreto reglamentario N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 5° de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 se estableció como impedimento para ingreso a la Administración Pública Nacional, el tener la edad prevista en la ley previsional para acceder al beneficio de la jubilación o se gozare de un beneficio previsional, salvo aquellas personas de reconocida aptitud, las que no podrán ser incorporadas al régimen de estabilidad.

Que por el artículo 9° de la referida Ley se estableció el régimen de contratación de personal por tiempo determinado, y se instituyó su equiparación en el Nivel y Grados de la planta permanente a los efectos salariales.

Que por la reglamentación se facultó a la entonces jurisdicción ministerial competente en materia de empleo público, en el supuesto de contratación de personal, a autorizar la excepción al inciso f) del artículo 5° de la Ley N° 25.164.

Que asimismo, facultó a la misma autoridad a aprobar las contrataciones de personal por tiempo determinado, por excepción al cumplimiento de los requisitos mínimos para la posición o nivel escalafonario propuesto, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral, en los términos que se establezcan en las normas que al efecto dicte.

Que por la Ley de Ministerios se estableció como atribución del Jefe de Gabinete de Ministros, el entender en el diseño y ejecución de políticas relativas al empleo público.

Que en función de los objetivos asignados a la SUBSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, resulta conducente delegar la facultad de autorizar por excepción al inciso f) del artículo 5° de la Ley Marco de Regulación del Empleo Público Nacional, la contratación de personal por tiempo determinado, que reúna reconocidas aptitudes.

Que también resulta procedente facultar a la referida Subsecretaría, a autorizar la contratación de personal por tiempo determinado, por excepción al cumplimiento de los requisitos previstos en el punto II inciso c) del artículo 9° del Decreto N° 1421/2002.

Que se ha expedido la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS tomó la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades previstas por la ley de Ministerios

Por ello:

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Facúltase a la SUBSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a:

a. Autorizar las excepciones al inciso f) del artículo 5° de la Ley Marco de Regulación del Empleo Público, a los efectos de posibilitar la contratación de personal por tiempo determinado que reúna reconocida aptitud.

b. Autorizar la contratación de personal por tiempo determinado por excepción al cumplimiento de los requisitos establecidos por el punto II, inciso c) del artículo 9° del Decreto N° 1421/2002.

ARTICULO 2°.- La SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, podrá establecer los requisitos y el procedimiento para tramitar las autorizaciones previstas en el ARTICULO 1°.

ARTICULO 3° La presente resolución entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Andrés Cafiero

e. 28/02/2020 N° 10219/20 v. 28/02/2020

Fecha de publicación 28/02/2020