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Legislación y Avisos Oficiales
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ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

Disposición 1011/2020

DI-2020-1011-APN-ANMAT#MS - Prohibición de comercialización.

Ciudad de Buenos Aires, 28/02/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2020-08690856-APN-DVPS#ANMAT del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica y;

CONSIDERANDO:

Que se inician las presentes actuaciones a raíz de que en el marco de la causa FMS 102.581/2018, caratulada “S/ AV. DE DELITO”, mediante oficio judicial emitido por la Secretaría N° 2 del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 3 de Morón, personal de esta Administración realizó varios allanamientos.

Que en el marco de esos allanamientos, se retiraron facturas de distribución de especialidades medicinales emitidas por DACHEN KÜME S.R.L. (CUIT N° 30-71066053-7), sita en la calle Brasil 1460, Loma Hermosa, provincia de Buenos Aires, a establecimientos fuera de su jurisdicción: a) Factura tipo A N° 00002-00000140 de fecha 27/12/2018 a favor de Droguería del Taragui SA, provincia de Corrientes y Remito N° 0001-00001461 de fecha 27/12/2018, b) Factura tipo A N° 00002-00000139 de fecha 27/12/2018 a favor de Droguería del Taragui SA, provincia de Corrientes y Remito N° 0001-00001459 de fecha 27/12/2018, c) Factura tipo A N° 00002-00000138 de fecha 27/12/2018 a favor de Droguería del Taragui SA, provincia de Corrientes y Remito N° 0001-00001458 de fecha 27/12/2018, d) Factura tipo A N° 00002-00000137 de fecha 27/12/2018 a favor de Droguería del Taragui SA, provincia de Corrientes y Remito N° 0001-00001457 de fecha 27/12/2018, e) Factura tipo A N° 00002-00000121 de fecha 10/12/2018 a favor de Droguería TM SRL, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Remito N° 0001-00001451 de fecha 10/12/2018, f) Factura tipo A N° 00002-00000122 de fecha 10/12/2018 a favor de Droguería TM SRL, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Remito N° 0001-00001453 de fecha 10/12/2018, g) Factura tipo A N° 00002-00000124 de fecha 11/12/2018 a favor de Droguería TM SRL, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Remito N° 0001-00001455 de fecha 11/12/2018 y h) Factura tipo A N° 00002-00000125 de fecha 12/12/2018 a favor de Droguería TM SRL, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Remito N° 0001-00001460 de fecha 12/12/2018.

Que, en virtud de ello, por Nota N° 2106-19 se consultó a la Dirección de Farmacia de la Dirección Provincial de Registro y Fiscalización Sanitaria de la Provincia de Buenos Aires sobre la habilitación del Establecimiento Droguería Dachen Küme SRL, informando esa Dirección por Nota N° 711 de fecha 22/07/2019, que fue inspeccionado el local de la citada droguería el 10/06/2019 y que el mismo se encontraba cerrado con candados en sus accesos.

Que posteriormente, por Orden de Inspección N° 2019/2174-DVS-893 de fecha 28/08/2019, fiscalizadores de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud (DEGMPS) en conjunto con personal de la Dirección de Farmacia del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires se hicieron presentes en el domicilio de calle Brasil 1460, Loma Hermosa, Provincia de Buenos Aires, sede de DACHEN KÜME SRL, a fin de reconocer la documentación retirada en el allanamiento mencionado.

Que destacó la DEGMPS que el establecimiento se encontraba cerrado, con sus persianas bajas, y tras la consulta a vecinos del lugar informaron que aproximadamente hacía 5 meses que no funcionaba.

Que cabe poner de resalto que la firma “DACHEN KÜME S.R.L.” no se encontraba al momento de la comercialización referida (ni se encuentra actualmente) habilitada por esta Administración para efectuar tránsito interjurisdiccional de medicamentos, en los términos de la Disposición ANMAT N° 7038/15.

Que, así las cosas, la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud entendió que DACHEN KÜME S.R.L. (CUIT N° 30-71066053-7) se hallaba en infracción al artículo 2º de la Ley Nº 16.463, al artículo 3 del Decreto N° 1299/97 y a los artículos 1° y 2° de la Disposición ANMAT N° 7038/15.

Que atento a ello, la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud recomendó prohibir la comercialización de medicamentos y especialidades en todo el territorio nacional a la firma DACHEN KÜME S.R.L., (CUIT N° 30-71066053-7), sita en la calle Brasil 1460, Loma Hermosa, provincia de Buenos Aires, hasta tanto obtenga la habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de medicamentos y especialidades medicinales en los términos de la Disposición ANMAT Nº 7038/15.

Que la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1490/92 y sus modificatorias.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Prohíbese la comercialización de medicamentos y especialidades en todo el territorio nacional a la firma DACHEN KÜME S.R.L., (CUIT N° 30-71066053-7), sita en la calle Brasil 1460, Loma Hermosa, provincia de Buenos Aires, hasta tanto obtenga la habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de medicamentos y especialidades medicinales en los términos de la Disposición ANMAT Nº 7038/15., por las razones expuestas en el considerando.

ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial. Comuníquese a las autoridades provinciales, al Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, y a quienes corresponda. Comuníquese a la Dirección de Gestión de Información Técnica, a la Dirección de Relaciones Institucionales y a la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud. Dese a la Coordinación de Sumarios a sus efectos. Manuel Limeres

e. 02/03/2020 N° 10768/20 v. 02/03/2020

Fecha de publicación 02/03/2020