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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución 78/2020

RESOL-2020-78-APN-SSS#MS

Ciudad de Buenos Aires, 18/02/2020

VISTO el Expediente N° EX-2018-01572831-APN-GAJ#SSS, la Resolución Nº 0503/93/IGJ, Resolución Nº 0443/09/IGJ, Resolución Nº 1047/17/IGJ; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente del VISTO, la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE DIRECCIÓN DE LA INDUSTRIA AUTOMOTRIZ ARGENTINA (RNOS Nº 4-0020-6) solicita se registren las reformas introducidas en su Estatuto, en lo que respecta a los artículos 4, 5, 6, 11, 16, 17, 18, 21, 22, 24, 25, 26 y 27.

Que a tal efecto, acompaña copia autenticada de las Actas Nº 435, Nº 876 y Nº 889 a través de las cuales se deciden y aprueban las modificaciones del Estatuto y la unificación de dichas reformas en un solo instrumento.

Que el texto ordenado del citado cuerpo legal se acredita en autos mediante copia certificada de Escritura de Protocolización de Estatuto Nº 348.

Que la entidad presentante adjunta copia certificada de las Resoluciones Nº 0503/93, Nº 0443/09 y Nº 1047/17 de la Inspección General de Justicia, por las cuales se aprobaron y registraron –ante ese órgano de control- las reformas introducidas al cuerpo normativo de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE DIRECCIÓN DE LA INDUSTRIA AUTOMOTRIZ ARGENTINA (RNOS Nº 4-0020-6).

Que las modificaciones llevadas a cabo en los artículos 4, 5, 6, 11, 16, 17, 22, 24, 25, 26 y 27 versan sobre la actualización tanto de la normativa de aplicación vigente, como de las correctas denominaciones de los Organismos de Control allí mencionados. Por su parte el nuevo texto del artículo 18 establece una fecha determinada para el cierre de ejercicio económico, y mediante la incorporación de un nuevo inciso al artículo 21 se precisa el período de mandato de los miembros revisores de cuentas.

Que se adjuntan a fs. 7/17, 18/28 y 29/39 –orden Nº 2- tres ejemplares de Estatuto los cuales receptan las reformas introducidas, y a fs. 115/124 –orden Nº 11- una copia certificada de dicho cuerpo legal.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia sin formular observaciones a lo solicitado.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos Nº 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996 y Nº 34 de fecha 7 de enero de 2020.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- REGÍSTRANSE las reformas introducidas al Estatuto de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE DIRECCIÓN DE LA INDUSTRIA AUTOMOTRIZ ARGENTINA (RNOS Nº 4-0020-6); aprobadas mediante Resoluciones Nº 0503/93, Nº 0443/09 y Nº 1047/17 de la Inspección General de Justicia, cuyo texto ordenado obra a fs. 115/124 del orden Nº 11 del Expediente del VISTO.

ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese y publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, pase a la Coordinación de Registros de Obras Sociales y Entidades de Medicina Prepaga para constancia en el legajo del Agente del Seguro de Salud y, oportunamente archívese. Eugenio Daniel Zanarini

e. 04/03/2020 N° 11272/20 v. 04/03/2020

Fecha de publicación 04/03/2020