ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 96/2020
RESOL-2020-96-APN-ENACOM#JGM FECHA 27/02/2020 ACTA 57
EX-2019-42213426-APN-REYS#ENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Otorgar a la COOPERATIVA ELECTRICA, DE SERVICIOS PUBLICOS Y CULTURAL DE CHILIBROSTE LIMITADA, licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sean fijos o móviles, alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura propia.. 2.- Inscribir a la COOPERATIVA ELECTRICA, DE SERVICIOS PUBLICOS Y CULTURAL DE CHILIBROSTE LIMITADA en el Registro de Servicios TIC, previsto en el Artículo 8° del Reglamento de Licencias de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, el Servicio de Valor Agregado - Acceso a Internet. 3.- La presente licencia no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico y/o recursos de numeración y señalización para la prestación del servicio inscripto, debiendo la autorización de uso de estos recursos tramitarse ante este Organismo. 4.- Notifíquese al interesado. 5.- Comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Amborosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.
Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho.
e. 04/03/2020 N° 11535/20 v. 04/03/2020
Fecha de publicación 04/03/2020