BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 6891/2020
05/02/2020
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: Circular CONAU 1 - 1383. Régimen Informativo Contable Mensual. Efectivo Mínimo y Aplicación de Recursos (R.I. – E.M. – A.R.). Adecuaciones.
Nos dirigimos a Uds. para hacerles llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en el Régimen Informativo de la referencia, en función de las disposiciones difundidas mediante la Comunicación “A” 6857.
Al respecto, les señalamos que se adecua el cálculo de la partida 707000/001 - “Disminución de la exigencia por las financiaciones en pesos según lo previsto en el Programa “AHORA 12”, modificando del 1 % al 1,5 %, el límite aplicable a la citada disminución, a partir de enero/20.
Asimismo, se aclara que para el cálculo de la posición unificada diciembre/19 – enero/20, deberá tenerse en cuenta para diciembre el límite del 1 % y para enero 1,5 %.
Por último, les informamos que se adecua la Sección 2 – Metodología de cálculo del aporte al Fondo de Garantía de los Depósitos, actualizando el apartado de Previsiones, considerando las cuentas dadas de alta vinculadas con la aplicación de deterioro de activos financieros.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Rodrigo J. Danessa, Gerente Principal de Régimen Informativo y Centrales de Información a/c - Estela M. del Pino Suárez, Subgerente General de Régimen Informativo y Protección al Usuario de Servicios Financieros.
ANEXO
El/Los Anexo/s no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el sitio www.bcra.gov.ar (Opción “Marco Legal y Normativo”).
e. 05/03/2020 N° 11841/20 v. 05/03/2020
Fecha de publicación 05/03/2020