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SERVICIO EXTERIOR

Decreto 246/2020

DCTO-2020-246-APN-PTE - Desígnase Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República ante la Santa Sede.

Ciudad de Buenos Aires, 05/03/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-09022670-APN-DGD#MRE, la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo establecido en el artículo 8° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957, los funcionarios de las categorías B) y C) podrán ser acreditados temporalmente como jefe de misión, con el rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, cuando razones de servicio así lo aconsejen.

Que oportunamente, el Gobierno de la SANTA SEDE concedió el plácet de estilo a la señora Ministra Plenipotenciaria de Primera Clase María Fernanda SILVA, para su designación como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República ante dicho Estado.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR y la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha tomado la intervención que le compete.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 99 inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Trasládase desde el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO a la Embajada de la República ante la SANTA SEDE a la señora Ministra Plenipotenciaria de Primera Clase María Fernanda SILVA (D.N.I. N° 17.617.269).

ARTÍCULO 2°.- Desígnase Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República ante la SANTA SEDE a la señora Ministra Plenipotenciaria de Primera Clase María Fernanda SILVA.

ARTÍCULO 3°.- Acredítase a la funcionaria mencionada en el artículo anterior, mientras dure la misión encomendada, con el rango de Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria, de conformidad con el artículo 8° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957.

ARTÍCULO 4°.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Felipe Carlos Solá

e. 06/03/2020 N° 12480/20 v. 06/03/2020

Fecha de publicación 06/03/2020