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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Resolución 80/2020

RESOL-2020-80-APN-ANAC#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 06/03/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2019-98736834-APN-ANAC#MTR, del Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) el Decreto N°1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, la Resolución ANAC N° 627 de fecha 14 de septiembre de 2012 y la Parte 67 Certificación Médica Aeronáutica de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC), y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 627 de fecha 14 de septiembre de 2012, la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), dispuso la vigencia de la Parte 67- Certificación Médica Aeronáutica – de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC).

Que la Parte 67- en su sección 67.39 de las RAAC, faculta a la Autoridad Aeronáutica a designar Centros Médicos Aeronáuticos Examinadores (CMAE) y autorización de Médicos Examinadores Aeronáuticos (AME), a propuesta del Departamento Evaluación Médica (DEM) de la Dirección de Licencias al Personal (DLP), dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL (DNSO) de la ANAC.

Que el Departamento mencionado tomó conocimiento el 6 de noviembre de 2019 que el Centro Médico GRUPO MÉDICO MASCHWITZ SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (SRL), (CUIT N° 30-68678027-5), solicita ser habilitado como Centro Médico Aeronáutico Examinador (CMAE)

Que personal del DEM, de la DLP, dependiente de la DNSO de la ANAC, procedió a la verificación de los requisitos para habilitar al mencionado centro médico, siendo de opinión favorable.

Que en consecuencia, se deben tener por cumplidos los requisitos para obtener la habilitación solicitada.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA (DGLTyA) de la ANAC ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el Decreto N° 1.770, de fecha 29 de noviembre de 2007.

Por ello,

LA ADMINISTRADORA NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Habilítese al Centro Médico GRUPO MÉDICO MASCHWITZ SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (SRL), (CUIT N° 30-68678027-5), como Centro Médico Aeronáutico Examinador (CMAE) N° 00128 para desempeñar sus funciones como tal en la calle Colectora Este N° 1131 de la Localidad de Ingeniero Maschwitz, Partido de Escobar, Provincia de BUENOS AIRES.

ARTÍCULO 2°.- Cualquier cambio de domicilio deberá ser notificado ante la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC).

ARTÍCULO 3°.- Para el cumplimiento de sus funciones, el referido CMAE se regirá por las normas establecidas en la Parte 67 - Certificación Médica Aeronáutica de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC) y por cualquier otra normativa relacionada con la materia que pudiera dictarse en el futuro.

ARTÍCULO 4°.- Habilitase a que el Centro Médico GRUPO MÉDICO MASCHWITZ SRL pueda realizar la renovación de la Certificación Médica Aeronáutica (CMA) clase 1, e inicial y renovación de la Certificación Médica Aeronáutica (CMA) clase 2, Clase 3 y Clase 4.

ARTÍCULO 5°.- Pase al Departamento Evaluación Médica de la Dirección de Licencias al Personal, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL (DNSO) de la ANAC para su conocimiento.

ARTÍCULO 6°.- Dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL la Presente medida entrara en vigencia a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL , cumplido archívese. Paola Tamburelli

e. 09/03/2020 N° 12727/20 v. 09/03/2020

Fecha de publicación 09/03/2020