Edición del
19 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


NOTA ACLARATORIA - ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 92/2020

En la edición del Boletín Oficial N° 34.320 del día martes 3 de marzo de 2020, donde se publicó la citada norma en la página 96, aviso N° 10897/20, se deslizó un error documental por parte del organismos emisor, consignando un texto incorrecto. En razón de ello, se procede a su republicación:

RESOL-2020-92-APN-ENACOM#JGM FECHA 27/02/2020 ACTA 57

EX-2019-10174698-APN-SDYME#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Otorgar a la firma DATANET S.R.L. Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sean fijos o móviles, alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura propia. 2.- Inscribir a la firma DATANET S.R.L. en el Registro de Servicios TIC, previsto en el Artículo 8° del Reglamento de Licencias de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, los Servicios de Valor Agregado – Acceso a Internet y de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico y/o Radioeléctrico. 3.- La presente licencia no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico y/o recursos de numeración y señalización para la prestación del servicio inscripto, debiendo la autorización de uso de estos recursos tramitarse ante este Organismo. 4.- Notifíquese al interesado. 5.- Comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas. Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho.

e. 09/03/2020 N° 12776/20 v. 09/03/2020

Fecha de publicación 09/03/2020