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27 de Marzo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA NEUQUÉN

Se hace saber al abajo mencionado, que SE ENCUENTRA DEBIDAMENTE NOTIFICADO a partir del día de la fecha – artículo 1013 inciso h) del C.A.- de la resolución por la cual se lo CONDENA por la infracción abajo detallada. Dentro del plazo de 15 días de notificada la presente tiene derecho de interponer contra la misma recurso de apelación o demanda contenciosa previstos por el art. 1132 y 1133 del Código Aduanero, haciéndole saber que en su defecto, las presente resolución se tendrá por firme y pasará en autoridad de cosa juzgada (art. 1139 C.A.).

SIGEACAUSANTERESOLUCIONINFRACCIONMONTO
15924-34-2014FUENTEALBA Pablo Roberto D.N.I. Nº 26.46.857RESOL-2019-305-E-AFIP-ADNEUQ#SDGOAIArt. 994 inc c)$ 500,00

Julio Facundo Salto, Administrador de Aduana.

e. 09/03/2020 N° 12720/20 v. 09/03/2020

Fecha de publicación 09/03/2020