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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD

Resolución 57/2020

RESOL-2020-57-APN-DE#AND

Ciudad de Buenos Aires, 10/03/2020

Visto el expediente EX-2020-08690100-APN-DRRHH#AND, los Decretos N° 698 del 5 de septiembre de 2017, N° 160 del 27 de febrero de 2018, N° 1035 del 6 de noviembre de 2018, N° 36 del 14 de diciembre de 2019, las Resoluciones ANDIS N° 49 del 8 de marzo de 2018, N° 230 del 29 de agosto de 2018, N° 463 del 12 de Septiembre de 2019, N° 480 del 23 de Septiembre de 2019; N° 481 del 04 de Septiembre de 2019; N° 485 del 25 de Septiembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 698/17 se creó la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, como organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que por el Decreto N° 160/18 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que por la Resolución ANDIS N° 49/18 (RS-2018-10041148-APN-DE#AND), se aprobó la estructura organizativa de segundo nivel operativo y se incorporó, homologó y derogó en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas, los cargos pertenecientes a la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que por la Resolución ANDIS N° 230/18 (RS-2018-42338705-APN-DE#AND), se sustituyeron los Anexos Ia y Ib, aprobados por el artículo 1° de la Resolución N° 49/18 de esta AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD con diferente denominación y se incorporaron, homologaron, reasignaron y derogaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes a la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, según el detalle obrante en Planilla Anexa al artículo 4° (IF-2018-42286267-APNDE#AND).

Que por el artículo 3° del Decreto N° 1035/18 se facultó a los Ministros, Secretarios de la Presidencia de la Nación, Secretarios de Gobierno en sus respectivos ámbitos y autoridades máximas de organismos descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas y se estableció que el acto administrativo que la disponga deberá comunicarse a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS dentro de los CINCO (5) días del dictado del mismo.

Que por el artículo 3° del Decreto N° 36/19 modificatorio del citado Decreto N° 1035/18 se estableció que en ningún caso la prórroga de las designaciones que se instrumenten en ejercicio de la facultad otorgada por el artículo precitado, podrá exceder el 31 de marzo de 2020.

Que por las resoluciones N° 463/19 y N° 18/20 se renovaron en último término las designaciones transitorias de los funcionarios que se enuncian para cada caso.

Que las prórrogas de las designaciones resultan necesarias para garantizar el adecuado funcionamiento de esta AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD.

Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario.

Que la DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS y la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD han tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por los Decretos N° 698/17, artículo 3° del N° 1035/18 y su modificatorio, N° 36/19 y N° 70/20.

Por ello,

El DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Prorróganse las designaciones transitorias de los funcionarios individualizados en ANEXO (IF-2020-11486926-APN-DE#AND) dependientes de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, autorizándose el respectivo pago por suplemento de Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios y complementarios.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABIENTE DE MINISTROS.

ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la ENTIDAD 917 – AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD – JURISDICCION 20- 01 SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Claudio Flavio Augusto Esposito

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 12/03/2020 N° 13851/20 v. 12/03/2020

Fecha de publicación 12/03/2020