Edición del
26 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 125/2020

RESOL-2020-125-APN-INCAA#MC

Ciudad de Buenos Aires, 11/03/2020

VISTO el EX-2018-45246080-APN-GCYCG#INCAA del registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001), y sus modificatorias, los Decretos Nº 1536 de fecha 20 de agosto de 2002 y N° 90 de fecha 20 de enero de 2020, las Resoluciones INCAA N° 638-E de fecha 17 de abril de 2019, Nº 700-E de fecha de 3 de mayo de 2019, Nº 1406-E de 17 de septiembre de 2019, y;

CONSIDERANDO:

Que dentro de las medidas de fomento previstas en el artículo 3 inciso a) de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias se encuentra la de auspiciar Concursos y establecer premios, en tanto el artículo 43° de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias faculta al INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES a producir cortometrajes cuyos anteproyectos seleccione en llamados que realice con tal propósito.

Que por la Resolución INCAA Nº 638-E/2019 se llamó a participar del llamado Concurso “HISTORIAS BREVES 2019” para la realización de CATORCE (14) cortometrajes de cine de ficción.

Que por Resolución INCAA Nº 1406-E/2019 se designó a CINCO (5) miembros de jurado para seleccionar a los ganadores y suplentes correspondientes al llamado del año 2019 de dicho concurso.

Que mediante Acta de Concurso Historias Breves N° 1/2019, incorporada al Expediente mediante IF-2020-01587560-APN-SGFPA#INCAA, se seleccionaron los proyectos ganadores y suplentes por orden de mérito del llamado anual 2019 del concurso “HISTORIAS BREVES”.

Que la mencionada selección se hizo dentro de lo dispuesto en el propio Llamado a Concurso.

Que la Subgerencia de Fomento a la Producción Audiovisual y la Subgerencia de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención que les compete.

Que la facultad para el dictado de la presente surge de la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, los Decretos N° 1536/2002 y N° 90/2020.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Declarar seleccionados como GANADORES del “LLAMADO A CONCURSO PARA CORTOMETRAJES – HISTORIAS BREVES 2019”:

GANADORES:

“AMOR DE LANA” de Zaclman, Nicolás DNI N.º 29.042.392 y Marotta, Paula DNI N.º 27.216.420 (Seudónimo Camburí).

“EL PERFIL DE LISA “ de Flomembaum, Sandra , DNI N.º 24.365.141 (Seudónimo Claire ).

“CACHIRÚ” de Molina ,Eugenia DNI N° 34.080.578 Y Mazia, Juliana DNI N.º 34.497.047. (Seudónimo Marea).

“UNA EDAD DIFÍCIL” de Crexell, Hugo Evaristo, DNI N.º 27.182.092 (Seudónimo Shatzy Shell)

“SACHASANDIA” de Marinaro Montalbetti, Daniela DNI N.º 29.337.432 (Seudónimo Pipe Pihue).

“A S T E R I O N” de Alvarez, Eduardo Marcelo, DNI N.º 25.748.392 (Seudónimo Teseo).

“UN ZORRO” de Del Porto, Gastón Horacio , DNI N.º 22.620.260 (Seudónimo Udokier).

“RIO ABAJO” de Alcalde, Facundo, DNI N.º 30.326.771 (Seudónimo William Stoner ).

“LAS ROJAS” de Espinoza Becerra, Tomas Alberto DNI N.º 93.987.457 (Seudónimo Úrsula ).

“LA CHICA TORO” de Gonzalez Gil, Sofía, DNI N.º 33.868.360 (Seudónimo Nora Luna).

“LA ÚLTIMA CRUZADA” de Díaz Farrell, Juan Ignacio, DNI N.º 30.591.185 (Seudónimo Ignatius ).

“DELIRIO” de Pranteda, Gerardo Emmanuel, DNI N.º 26.742.772 (Seudónimo Fabián Ordoñez).

“CÓRDOBA HOGAR, TRADICIÓN FAMILIAR” de Díaz Pernia , Linda Marioly, DNI N.º 19.053.449 (Seudónimo Monetta ).

“MAMÁ” de Ruzzante, Roxana Beatriz, DNI N.º 26.294.437 (Seudónimo Socia).

ARTÍCULO 2°.- Declarar seleccionados como suplentes por orden de mérito del “LLAMADO A CONCURSO PARA CORTOMETRAJES – HISTORIAS BREVES 2019”:

SUPLENTES POR ÓRDEN DE MÉRITO (3 premios):

“LA TORMENTA” de Reale, Santiago Andres , DNI N° 32.958.990 (Seudónimo Argañaraz).

“A LAS 12 TODAS LAS NOCHES” de Guerrero, Rodrigo, DNI N.º 29.963.527 (Seudónimo Pino Verde).

“ADIÓS” de Stettler, Rodrigo Roman, DNI N.º 32.226.775 (Seudónimo Kid).

ARTÍCULO 3º.- Determinar que los proyectos ganadores y seleccionados suplentes mencionados en los artículos 1° y 2°, quedarán notificados de la presente resolución a partir de su publicación.

ARTÍCULO 4º.- Establecer que la presente resolución comenzará a regir desde el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Luis Adalberto Puenzo

e. 13/03/2020 N° 14229/20 v. 13/03/2020

Fecha de publicación 13/03/2020