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Primera sección


MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

Resolución 51/2020

RESOL-2020-51-APN-MRE

Ciudad de Buenos Aires, 12/03/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-12656182- -APN-DGD#MRE, la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto N° 11.672 y sus modificatorias, y el Decreto Nº 167 del 2 de marzo de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que conforme a lo dispuesto por la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto N° 11.672 y sus modificatorias, se facultó al Poder Ejecutivo Nacional a crear unidades ejecutoras especiales temporarias y/o para gestionar planes, programas y proyectos de carácter transitorio y excepcional, pudiendo determinar la estructura, el funcionamiento y asignación de recursos humanos que correspondan y se dispuso que dichas unidades tendrán una duración que no exceda los DOS (2) años, salvo autorización en la ley de presupuesto del año correspondiente al vencimiento del plazo.

Que, asimismo, por el artículo 1° del Decreto N° 167/18 se facultó a los Ministros a crear, en sus respectivos ámbitos, UNIDADES EJECUTORAS ESPECIALES TEMPORARIAS en los términos del artículo 108 de la Ley N° 27.431 y a designar a los titulares de las mismas, previa intervención de la DIRECCIÓN DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que, en el mismo sentido, el artículo 2° del Decreto citado en el considerando precedente estableció que las Unidades Ejecutoras Especiales Temporarias deberán contemplar el plazo en que las mismas cumplimentarán los objetivos que se le asignen y estarán a cargo de un funcionario cuyo nivel no podrá exceder el correspondiente a Secretario de Estado, cuya determinación será dispuesta juntamente con la creación de dicha unidad.

Que lograr consolidar a los Derechos Humanos como un contenido y un objetivo transversal de la política exterior del Estado Nacional requiere coordinar las distintas tareas que llevan adelante las diferentes unidades organizativas de este Ministerio que tienen a su cargo competencias relacionadas directa o indirectamente con los Derechos Humanos.

Que, en dicho marco, se considera necesario crear un PROGRAMA DE COORDINACIÓN DE LA POLÍTICA DE DERECHOS HUMANOS EN EL ÁMBITO INTERNACIONAL, en el ámbito de este Ministerio, el que tendrá por objeto coordinar todas las tareas llevadas a cabo en materia de Derechos Humanos por las diversas unidades organizativas en esta Cartera de Estado.

Que la figura de la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA, instaurada por el artículo 108 de la Ley Nº 27.431 y el Decreto Nº 167/18, es la que mejor se ajusta a las necesidades actuales de la Jurisdicción para el llevar adelante el PROGRAMA DE COORDINACIÓN DE LA POLÍTICA DE DERECHOS HUMANOS EN EL ÁMBITO INTERNACIONAL.

Que, en tal sentido, se entiende procedente la creación de la “UNIDAD DE COORDINACIÓN DE DERECHOS HUMANOS EN EL ÁMBITO INTERNACIONAL” en el ámbito de este Ministerio.

Que la mencionada Unidad quedará disuelta a los DOS (2) años de la entrada en vigencia de la presente medida, en los términos de lo dispuesto por Ley Complementaria Permanente de Presupuesto N° 11.672 y sus modificatorias.

Que el señor Remo Gerardo CARLOTTO (D.N.I. N° 16.261.119) reúne las condiciones de idoneidad y experiencia necesarias para cumplir eficientemente con las responsabilidades y funciones de la mentada Unidad.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que les compete.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN dependiente de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR de este Ministerio ha certificado la existencia del crédito presupuestario necesario para afrontar la presente medida.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 1° y 2° del Decreto N° 167 del 2 de marzo de 2018.

Por ello,

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Créase el PROGRAMA DE COORDINACIÓN DE LA POLÍTICA DE DERECHOS HUMANOS EN EL ÁMBITO INTERNACIONAL, en el ámbito del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, el que tendrá por objeto coordinar todas las tareas llevadas a cabo en materia de Derechos Humanos por las diversas unidades organizativas en la órbita del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

ARTÍCULO 2°.- Créase la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD DE COORDINACIÓN DE LA POLÍTICA DE DERECHOS HUMANOS EN EL ÁMBITO INTERNACIONAL”, en el ámbito del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, la que tendrá por objeto llevar adelante el programa creado en el artículo 1° de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- La Unidad Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD DE COORDINACIÓN DE LA POLÍTICA DE DERECHOS HUMANOS EN EL ÁMBITO INTERNACIONAL”, tendrá como objetivos:

a. Coordinar el accionar de las distintas áreas del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO con competencias relacionadas a los Derechos Humanos y asistirlas en la definición de políticas públicas en dicha materia;

b. Coordinar la elaboración de informes sobre el seguimiento de los planes, programas y proyectos implementados por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO en materia de Derechos Humanos en el ámbito internacional;

c. Planificar, coordinar y supervisar la ejecución de las actividades de formación y fortalecimiento de los Derechos Humanos en el ámbito del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO; y

d. Articular acciones con las áreas competentes de la SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS para la difusión de las políticas públicas relativas a los Derechos Humanos en el exterior.

ARTÍCULO 4°.- La Unidad Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD DE COORDINACIÓN DE LA POLÍTICA DE DERECHOS HUMANOS EN EL ÁMBITO INTERNACIONAL”, estará a cargo de un funcionario fuera de nivel con rango y jerarquía de Subsecretario.

ARTÍCULO 5°.- La Unidad creada mediante el artículo 1° de esta medida quedará disuelta a los DOS (2) años de la entrada en vigencia de la presente medida.

ARTÍCULO 6°.- Desígnase en el cargo de Titular de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD DE COORDINACIÓN DE LA POLÍTICA DE DERECHOS HUMANOS EN EL ÁMBITO INTERNACIONAL” en el ámbito de este MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, al señor Remo Gerardo CARLOTTO (D.N.I. N° 16.261.119).

ARTÍCULO 7°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

ARTÍCULO 8°.- La presente medida entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Felipe Carlos Solá

e. 16/03/2020 N° 14492/20 v. 16/03/2020

Fecha de publicación 16/03/2020