SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 1401/2019
RESOL-2019-1401-APN-SECT#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 26/08/2019
VISTO el Expediente N° 1.791.637/17 del Registro del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/3 obra el acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA, por el sector sindical, y AES ARGENTINA GENERACION SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 847/07 “E”, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo el acuerdo de autos las partes convienen incrementos salariales de acuerdo a los términos allí consignados.
Que el ámbito de aplicación del mentado acuerdo se circunscribe a la estricta correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empleador firmante y la entidad sindical signataria emergente de su personería gremial.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas insertas en el acuerdo traído a estudio, acreditando su personería y facultades para negociar colectivamente.
Que con lo informado a fojas 8 se tiene por cumplimentado lo previsto en el artículo 17 de la Ley N° 14.250 (t.o.2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que por último correspondería que una vez dictado el acto administrativo homologatorio, se remitan las actuaciones a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO - 2019 - 35 - APN - PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA, por el sector sindical, y AES ARGENTINA GENERACION SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, obrante a fojas 2/3 del Expediente N° 1.791.637/17, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 847/07 “E”, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que proceda al registro del acuerdo obrante a fojas 2/3 del Expediente N° 1.791.637/17.
ARTICULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, se giren los obrados a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope indemnizatorio, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente Legajo junto al Convenio Colectivo de Trabajo N° 847/07 “E”.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO no efectúe la publicación de carácter gratuita del acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lucas Fernandez Aparicio
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 17/03/2020 N° 15105/20 v. 17/03/2020
Fecha de publicación 17/03/2020