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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

Resolución 78/2020

RESOL-2020-78-APN-MAD

Ciudad de Buenos Aires, 16/03/2020

VISTO: El expediente CUDAP EXP-JGM: 0034357/2016 del Registro del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA NACION, el Decreto N° 2186 del 19 de noviembre de 2014, la Ley de Ministerios N° 22.520 y sus Decretos Modificatorios N° 7 del 10 de diciembre de 2019 y N° 50 del 19 de diciembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 19 de noviembre de 2014 y mediante Decreto N° 2186 fue aprobado el modelo de contrato de Préstamo BID N° 3249/OC-AR, cuyo objetivo es disminuir la disposición de Residuos Sólidos Urbanos (RSU) en Basurales a Cielo Abierto (BCA), e incrementar la disposición adecuada de los mismos en rellenos sanitarios diseñados, construidos y operados adecuadamente en centros urbanos y municipios turísticos de la República Argentina.

Que el artículo 4° del señalado decreto designó a la ex SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, como organismo co-ejecutor del Sub-Programa I dirigido a centros urbanos mayores a veinte mil (20.000) habitantes, correspondiente al “Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos”, quedando ésta facultada para realizar todas las operaciones y contrataciones que resulten necesarias para su ejecución.

Que por medio de la Resolución N° 160 del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE del 14 de marzo de 2018 se creó, con carácter transitorio, la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA DE RESIDUOS en la órbita de la SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL dependiente del entonces MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, la cual asumió las tareas realizadas por la ex Unidad Ejecutora Nacional creada mediante Resolución N° 157 de la entonces SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de fecha 26 de febrero de 2015, esto es, la ejecución del Sub-Programa I correspondiente al programa citado.

Que en el marco del aludido préstamo, inició el procedimiento de Licitación Pública Internacional GIRSU-A-48- LPIO-2/2016 para la “Construcción de Planta de Separación de Residuos, Relleno Sanitario, y Saneamiento de Basurales a Cielo Abierto en la Ciudad de Formosa, Provincia de Formosa”, de acuerdo a las Políticas Operativas para la Adquisición de Bienes y Servicios del Banco Interamericano de Desarrollo –GN 2349-9-.

Que, a tales efectos, el 8 de octubre de 2015 fueron suscriptos los Convenios Marco y Complementario entre la ex SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la PROVINCIA DE FORMOSA, y los Municipios de la CIUDAD DE FORMOSA, PIRANÉ, PALO SANTO, LAS LOMITAS y POZO DEL TIGRE, con arreglo al Reglamento Operativo del Sub-Programa en su versión de junio de 2015, el cual fuera aprobado mediante Resolución N° 660 del 7 de agosto de 2015.

Que ulteriormente, el 4 de noviembre de 2016, se llevó a cabo el acto de apertura pública de ofertas, presentándose un total de 5 ofertas, a saber: 1. EVA S.A. (CUIT N° 30-70225040-0), por la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS VEINTITRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS (134.623.278,48), impuestos incluidos; 2. DESLER S.A. (CUIT N° 30- 65595408-9), por la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCO MILLONES NOVECIENTOS DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE CON OCHENTA Y SIETE CENTAVOS ($205.918.979,87), impuestos incluidos; 3. MILICIC S.A. (CUIT N° 30-62231778-4), por la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS ($157.586.597,64), impuestos incluidos; 4. STORNINI S.A. (CUIT N° 30-70742488-1, por la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS CON TRECE CENTAVOS ($239.380.292,13) y 5. ESTRANS S.A. (CUIT N° 30-70861317-3), por la suma de PESOS CIEN MILLONES SEISCIENTOS VEINTE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES CON VEINTISEIS CENTAVOS ($100.620.943,26), impuestos incluidos, ofreciendo ésta última descuento del 3% en caso de anticipo de obra del 30% y pago de los certificados de avance de obra a los cuarenta y cinco días de presentados.

Que el Comité de Evaluación constituido al efecto, a partir del análisis de las ofertas presentadas y luego de una serie de pedidos de aclaración a las firmas EVA S.A., ESTRANS S.A. y DESLER S.A., así como del ajuste a las observaciones formuladas por el Banco Interamericano de Desarrollo el 19 de mayo de 2017, recomendó, mediante informe de fecha 6 de junio de 2017, adjudicar el contrato objeto de la licitación referenciada a la firma EVA S.A. por el monto de PESOS CIENTO TREINTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS VEINTITRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS ($134.623.278,48), impuestos incluidos, en virtud de resultar evaluada como la oferta más baja y responder a lo solicitado.

Que el 14 de junio de 2017 el BID otorgó la pertinente “No Objeción” a la adjudicación referida en el considerando precedente, sugiriendo a su vez incluir en el Informe de Evaluación las prórrogas por mantenimiento de oferta hasta entonces otorgadas, actualizándose en consecuencia dicho informe el 16 de junio de 2017.

Que el área sustantiva del entonces MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE fue instruida a efectos de iniciar las actividades necesarias para la suscripción del contrato respectivo con la firma EVA S.A.

Que, en este orden de ideas, el 8 de septiembre de 2017 se elevó a la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la entonces Subsecretaría de Coordinación Administrativa del ex MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, el proyecto de resolución tendiente a ratificar el Convenio Marco y el Convenio Complementario precedentemente señalados, y adjudicar la contratación de la obra referenciada a la empresa EVA S.A. por el monto de CIENTO TREINTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS VEINTITRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS ($134.623.278,48).

Que el 3 de julio de 2018, y en ocasión de dictaminar acerca del acto administrativo proyectado, la Dirección General de Asuntos Jurídicos encontró necesaria la intervención del área sustantiva en relación a la existencia de crédito presupuestario para afrontar el gasto que conlleva el procedimiento licitatorio; motivo por el cual el 15 de noviembre de 2018 se elevó el proyecto a la Dirección de Presupuesto y Contabilidad de la Dirección General de Administración y Finanzas, la cual con fecha 22 de enero de 2019 informó acerca de la existencia de crédito en la partida presupuestaria pertinente.

Que, sin embargo, el proyecto resolutivo mencionado jamás fue suscripto, en tanto el 20 de marzo de 2019, por Resolución SAYDS N° 117/2019, el ex Secretario de Gobierno de Ambiente y Desarrollo Sustentable aprobó un nuevo Reglamento Operativo para la Unidad Ejecutora Especial Temporaria de Residuos, que pasaría a regir las obras enmarcadas en el Sub-Programa I del “Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos” del Contrato de Préstamo Internacional BID 3249/OC-AR.

Que a partir de éste nuevo Reglamento Operativo, la forma y contenido de los Convenios demandados en el marco de aquel préstamo fue modificada, pasando a requerirse la suscripción de un “Convenio Marco, Complementario, de Préstamo y de Transferencia y Mantenimiento”, en lugar de lo que hasta entonces era un “Convenio Marco” y un “Convenio Complementario”.

Que a la luz de dicha circunstancia, fue decisión comunicar a la Provincia de Formosa la nueva modalidad de Reglamento Operativo a la que, según se le informó en la Nota NO-2019-42197221—APN-UEETR#SGP del 7 de mayo de 2019, debería adaptarse en caso de desear continuar con la tramitación del procedimiento de adjudicación.

Que a partir de la solicitud de la entonces SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, la Provincia de Formosa efectuó una serie de consultas ante ésta última, atento a que, en primer lugar, ya había suscripto un Convenio Marco y Complementario con las autoridades nacionales y municipales pertinentes, tiempo antes de que la nueva operatoria fuera aprobada.

Que el 31 de julio de 2019, luego de un tendido intercambio de información entre ambas partes, la Secretaría de Control y Monitoreo Ambiental convocó a la Provincia a una reunión con el objeto de evaluar la suscripción de un convenio Marco, Complementario, de Préstamo y de Transferencia y Mantenimiento, adecuado a las previsiones del Reglamento Operativo en su versión de 2019.

Que si bien dicha reunión acaeció el 14 de agosto de 2019, y a partir de ella la provincia asumió el compromiso de informar formalmente a las autoridades nacionales si deseaba avanzar bajo el nuevo formato de Convenio en el plazo de 30 días, a la fecha el expediente se encuentra inactivo, con la última prórroga por mantenimiento de oferta vigente hasta el 11 de marzo de 2020, la que ha sido aceptada por las empresas EVA S.A. y ESTRANS S.A., y respecto de la cual se obtuvo la pertinente no objeción del Banco Interamericano de Desarrollo el 3 de enero de 2020.

Que por Decreto N° 7/2019 se decidió elevar a rango de Ministerio a la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, creándose entonces el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA NACIÓN.

Que se encuentra en elaboración en el marco del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA NACIÓN, un nuevo Reglamento Operativo para el citado Sub-Programa I.

Que, por otro lado, el pliego de bases y condiciones correspondiente a la Licitación Pública Internacional GIRSU-A48-LPI-O-2/2016 para la “Construcción de Planta de Separación de Residuos, Relleno Sanitario, y Saneamiento de Basurales a Cielo Abierto en la Ciudad de Formosa, Provincia de Formosa”, carece de una cláusula contemplativa de las fases de operación y mantenimiento de la obra.

Que para formular un proyecto eficiente de gestión integral de residuos sólidos urbanos como el que se pretende, atendiendo a la problemática vinculada a los residuos en el país y particularmente en la provincia de Formosa y luego adoptar medidas integrales al respecto, resulta menester incluir en el pliego de bases y condiciones aquellas actividades ligadas a la operación y mantenimiento de la obra por un tiempo prudencial.

Que en razón del tiempo transcurrido entre el acta de apertura de ofertas -4 de noviembre de 2016- y la última prórroga por mantenimiento de ofertas –la cual estaría vigente hasta el 11 de marzo de 2020 y sumaría un total de CATORCE (14) prórrogas hasta la fecha-, y atento a la falta de adjudicación de la obra, así como a las variaciones de precios que han acaecido producto de la crisis económica que afronta el país, deviene oportuno y conveniente, para asegurar un procedimiento de licitación ordenado y congruente, desestimar el llamado a Licitación Pública Internacional GIRSU-A-48-LPI-O-2/2016, y adecuar el proyecto a las condiciones y circunstancias vigentes, luego de lo cual se efectuará un nuevo llamado a licitar en el marco de las Políticas Operativas para la Adquisición de Bienes y Obras financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo –GN-2349-9.

Que dichas adecuaciones garantizarán la celeridad de la obra referenciada en un marco apropiado, bajo un contexto acorde que atienda a las necesidades de la Provincia de Formosa, y con precios actuales.

Que el 4 de marzo de 2020, el BID otorgó su no objeción al rechazo de las ofertas y llamado a nueva licitación para el presente proyecto, conforme dispone el punto 2.64 de las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2349-9.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92) sus modificatorias y complementarias.

Por ello,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTICULO 1°: Desestímese el procedimiento de llamado a Licitación Pública Internacional GIRSU-A-48- LPIO-2/2016, correspondiente al proyecto “Construcción de Planta de Separación de Residuos, Relleno Sanitario y Saneamiento de BCA en la Ciudad de Formosa”, el cual será readecuado a las condiciones y circunstancias vigentes, luego de lo cual se procederá a efectuar un nuevo llamado a licitar en el marco de las Políticas Operativas para la Adquisición de Bienes y Obras financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo –GN-2349-9.

ARTICULO 2°: La presente Resolución comenzará a regir a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 3°: Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Juan Cabandie

e. 20/03/2020 N° 15716/20 v. 20/03/2020

Fecha de publicación 20/03/2020