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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA

Resolución 3/2020

RESOL-2020-3-APN-SAYB#MAGYP

Ciudad de Buenos Aires, 19/03/2020

VISTO el Expediente N° EX-2019-109803547- -APN-DGDMA#MPYT del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la Ley N° 26.967, el Decreto N° 1.341 de fecha 30 de diciembre de 2016, las Resoluciones Nros. 392 de fecha 19 de mayo de 2005 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, 371 de fecha 15 de septiembre de 2015 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, RESOL-2017-90-APN-MA de fecha 12 de abril de 2017 del ex-MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y su modificatoria y RESOL-2018-7-APN-SECCYDT#MA de fecha 30 de enero de 2018 del Secretario de Agricultura Familiar, Coordinación y Desarrollo Territorial del exMINISTERIO DE AGROINDUSTRIA a cargo de la entonces SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR del citado ex - Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 26.967, se creó el Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL”, y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, establecido por la Resolución N° 392 de fecha 19 de mayo de 2005 de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.

Que en virtud de la mencionada normativa, se concede al solicitante el derecho de uso sin exclusividad del sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” por el plazo de DOS (2) años contados desde la fecha de publicación de cada acto administrativo, exclusivamente para diferenciar aquellos productos que en cada caso se establece.

Que de conformidad con lo establecido por dicha ley y por la mencionada Resolución N° 392/05, las renovaciones sucesivas del derecho de uso de dicho Sello serán en idéntico carácter y por igual período de tiempo.

Que asimismo, por el Artículo 4° del Decreto N° 1.341 de fecha 30 de diciembre de 2016, se estableció un reintegro del CERO COMA CINCO POR CIENTO (0,5 %) adicional para aquellos productos que cuenten con el derecho de uso del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL”, y su versión en idioma inglés, “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”.

Que por la Resolución N° RESOL-2017-90-APN-MA de fecha 12 de abril de 2017 del ex-MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y su modificatoria, se dispuso que a los fines de acreditar ante el servicio aduanero que determinado producto cuenta con el derecho de uso del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL”, y su versión en idioma inglés, “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” el interesado debe presentar un certificado por cada operación de exportación, expedido por la Dirección Nacional de Alimentos y Bebidas de la SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

Que en ese marco, resulta necesario establecer la exhibición obligatoria del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL”, y su versión en idioma inglés, “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” respecto de aquellos productos destinados a la exportación y para los cuales se solicite el mencionado reintegro, a fin de cumplimentar con los objetivos previstos en el Artículo 3° de la Ley N° 26.967.

Que por la Resolución N° 371 de fecha 15 de septiembre de 2015 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, se aprobó el Protocolo de Calidad para el producto “LIMÓN FRESCO”.

Que por la Resolución N° RESOL-2018-7-APN-SECCYDT#MA de fecha 30 de enero de 2018 del Secretario de Agricultura Familiar, Coordinación y Desarrollo Territorial del ex- MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA a cargo de la entonces SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR del citado ex - Ministerio, se concedió el derecho de uso sin exclusividad del Sello: “ALIMENTOS ARGENTINOS, UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, a la firma VICENTE TRAPANI SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. N° 30-50551763-2), Certificado de Inscripción en el Registro Nacional de Establecimientos Alimenticios N° 23000229, emitido por la Dirección de Bromatología de la Dirección General de Fiscalización Sanitaria del Sistema Provincial de Salud del MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA de la Provincia de TUCUMÁN, para el producto “LIMÓN FRESCO”, para las marcas: “VICENTE TRAPANI”, “ROSALÍA”, “PACHAMAMA”, “SICILIANO”, “NATALIA”, “PANI”, “FRUIT FOR YOU”, “BILLO” y “DOLE”.

Que la firma VICENTE TRAPANI SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. N° 30-50551763-2), en su carácter de cesionaria ha solicitado la renovación del derecho de uso sin exclusividad del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” para el producto y las marcas ut supra mencionados.

Que la solicitante ha cumplido con todos los recaudos y condiciones generales y particulares requeridas por la citada Ley N° 26.967 y por la mencionada Resolución N° 392/05 para la renovación del derecho de uso del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, así como también se ha acreditado el cumplimiento del referido Protocolo de Calidad para el producto “LIMÓN FRESCO”, aprobado por la mencionada Resolución N° 371/15.

Que la Dirección de Gestión de Calidad de la Dirección Nacional de Alimentos y Bebidas de la SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BEBIDAS del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, elaboró el informe correspondiente, entendiendo que se encuentran cumplidos los requisitos técnicos para la renovación del derecho de uso del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia de acuerdo a las facultades conferidas por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Prorrógase el contrato de cesión temporal y renuévase el derecho de uso sin exclusividad del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” a la firma VICENTE TRAPANI SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. N° 30- 50551763-2), con Certificado de Inscripción en el Registro Nacional de Establecimientos Alimenticios N° 23000229, emitido por la Dirección de Bromatología de la Dirección General de Fiscalización Sanitaria del Sistema Provincial de Salud del MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA de la Provincia de TUCUMÁN, para su producto “LIMÓN FRESCO”, para las marcas: “VICENTE TRAPANI”, “ROSALÍA”, “PACHAMAMA”, “SICILIANO”, “NATALIA”, “PANI”, “FRUIT FOR YOU”, “BILLO” y “DOLE”.

ARTÍCULO 2°.- La renovación del derecho de uso del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” se acuerda por el plazo de DOS (2) años a contarse a partir del día 2 de febrero de 2020, debiendo el cesionario cumplimentar durante la vigencia del derecho de uso del referido Sello con todos los recaudos, requisitos, obligaciones y condiciones generales y particulares exigidos en la Ley N° 26.967 y en la Resolución N° 392 de fecha 19 de mayo de 2005 de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.

ARTÍCULO 3°.- Apruébase la propuesta de exhibición del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y/o su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, en la muestra de rótulo y/o elemento de packaging del producto para el cual se concede el derecho de uso del Sello y que como Adjunto registrado con el N°IF-2019-108906038-APN-DGDMA#MPYT, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 4°.- Hácese saber a la firma VICENTE TRAPANI SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. N° 30- 50551763-2), la obligatoriedad del uso del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y/o su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, de acuerdo con la forma de exhibición aprobada en el artículo anterior; para aquellos productos destinados a la exportación y respecto de los cuales se solicite la emisión de los certificados referidos en el Artículo 2° de la Resolución N° RESOL-2017-90- APN-MA de fecha 12 de abril de 2017 del ex-MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y su modificatoria, a los efectos del reintegro adicional establecido por el Artículo 4° del Decreto N° 1.341 de fecha 30 de diciembre de 2016.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcelo Eduardo Alos

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 20/03/2020 N° 15819/20 v. 20/03/2020

Fecha de publicación 20/03/2020