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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL

Disposición 44/2020

DI-2020-44-APN-IGN#MD

Ciudad de Buenos Aires, 17/03/2020

VISTO el EX-2020-17278083- -APN-DGAYRRHH#IGN del Registro del INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL, la Ley 27.541,el Decreto Nº 260 de fecha 12 de marzo de 2020, la Decisión Administrativa Nº 371 de fecha 12 de marzo de 2020 y la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 3 de fecha 13 de marzo de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que la situación producida por la pandemia de coronavirus (COVID-19) y sus eventuales derivaciones en el ámbito laboral hacen necesario, con una finalidad de prevención, adoptar las medidas tendientes a brindar la mejor protección a las personas involucradas, evitando en todo lo posible que se vean afectadas las relaciones laborales y las condiciones productivas de la Nación.

Que por la Decisión Administrativa N° 371/2020 se instruyó el otorgamiento de una licencia excepcional a todas aquellas personas que hayan ingresado al país habiendo permanecido o en los países de los continentes asiático y europeo o en ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Que a través del Decreto Nº 260/2020 se amplió la emergencia pública sanitaria en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus (COVID-19) por el plazo de un año desde la sanción de la medida, y se estableció las personas que deberán permanecer aisladas a causa del CORONAVIRUS (COVID-19).

Que por el artículo 10º de la Resolución de SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 3/2020 se facultó al titular de cada Jurisdicción, entidad u organismo a designar un funcionario, de nivel no inferior a Director Nacional o equivalente, como encargado de la coordinación de las acciones que se deriven de la recomendaciones de prevención que surjan de la Resolución mencionada, como asimismo aquellas establecidas por la Unidad de Coordinación General del artículo 10 del Decreto N° 260/20.

Que, en función de las norma invocada en el Considerando precedente, deberá darse intervención al Servicio de Medicina del Trabajo dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS de este INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL.

Que por el artículo 11º del régimen legal de cita, en el ámbito de las jurisdicciones y entidades centralizadas y descentralizadas cada Subsecretaría y Dirección Nacional o General o equivalente, se asignará formalmente a un funcionario responsable de su dotación permanente, la comunicación y aplicación de las medidas consecuentes en su respectivo ámbito, en coordinación con la Delegación CyMAT, el Servicio de Higiene y Seguridad y el Servicio de Medicina del Trabajo de la jurisdicción a la que pertenezcan.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Decretos N° 2029 del 23 de octubre de 2012, N° 2101 del 6 de octubre de 2015 y el artículo 10º de la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 3/2020.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Desígnese, a partir del 16 de marzo de 2020, al DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS del INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL, Contador Público Martín Facundo ROMERO OLIARO (D.N.I. N° 27.011.054), como encargado de la coordinación de las acciones que se deriven de las recomendaciones de prevención surgidas de la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 3/2020 como asimismo de aquellas establecidas por la Unidad de Coordinación General del artículo 10 del Decreto Nº 260/2020.

ARTÍCULO 2°- Asígnese, a partir del 16 de marzo de 2020, al DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS del INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL, Contador Público Martín Facundo ROMERO OLIARO (D.N.I. N° 27.011.054), la comunicación y aplicación de las medidas consecuentes en el ámbito de la jurisdicción, en coordinación con la Delegación CyMAT, el Servicio de Higiene y Seguridad y el Servicio de Medicina del Trabajo del Organismo.

ARTÍCULO 3°- Comuníquese a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en orden a lo dispuesto por el artículo 11° de su Resolución Nº 3/2020.

ARTÍCULO 4°- Comuníquese, publíquese y dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Sergio Cimbaro

e. 20/03/2020 N° 15791/20 v. 20/03/2020

Fecha de publicación 20/03/2020