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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SUBSECRETARÍA DE FISCALIZACIÓN DEL TRABAJO

Disposición 2/2020

DI-2020-2-APN-SSFT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 19/03/2020

VISTO el EX-2020-17818862- -APN-MT

Y CONSIDERANDO

Que por el expediente citado en el visto se firmó la Disposición de la SUBSECRETARÍA DE FISCALIZACIÓN DEL TRABAJO Nº 1 del 18 de Marzo del 2020, en la cual se propicia suspender a partir del 16 al 31 de marzo de 2020 inclusive los plazos en los expedientes y sumarios administrativos de fiscalización que tramitan en el marco de los procedimientos establecidos por la Ley Nº 18.695, la Resolución MTEySS Nº 655/05 y el Decreto Nº 1694/06, así como también para la tramitación de rúbrica de libros y relevamiento de documentación laboral.

Que por un error involuntario se consignó el artículo de forma de la Disposición citada sin ordenar su publicación en el Boletín Oficial.

Que corresponde proceder a la rectificación de la citada Disposición.

Que la presente se dicta de conformidad con lo establecido por el artículo 101 del “Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017”.

EL SUBSECRETARIO DE FISCALIZACIÓN DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Rectifíquese el Artículo 3° de la DI-2020-1-APN-SSFT#MT, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. “

ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Carlos Alberto Sanchez

e. 20/03/2020 N° 15825/20 v. 20/03/2020

Fecha de publicación 20/03/2020