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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT

Resolución 12/2020

RESOL-2020-12-APN-MDTYH

Ciudad de Buenos Aires, 20/03/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-17335375-APN-MDTYH del registro de este Ministerio, la Ley Aprobatoria del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017 N° 27.341, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias y el Decreto Nº 7 de fecha 10 de diciembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 59 de la Ley N° 27.341 se crea el FONDO FIDUCIARIO PARA LA VIVIENDA SOCIAL, en el ámbito de la entonces SECRETARÍA DE VIVIENDA Y HÁBITAT del ex MINISTERIO DEL INTERIOR,OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA, con el objeto de financiar los programas vigentes de vivienda social e infraestructura básica, con fondos públicos, privados y de organismos internacionales, multilaterales o trilaterales.

Que el citado artículo 59 dispone además que el FONDO FIDUCIARIO PARA LA VIVIENDA SOCIAL será administrado por el Fiduciario según las instrucciones de un CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN, cuya conformación y funciones deberán ser establecidas por resolución de del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Que dado que por el Decreto N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, estableciendo entre las competencias del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HABITAT asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en todo lo inherente a las políticas de promoción del reequilibrio social y territorial y de desarrollo de vivienda, hábitat e integración socio urbana, corresponde entender que las competencias dadas al ex MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA por el Artículo 59 de la Ley N° 27.341,corresponden hoy a este Ministerio.

Que en ese marco habiendo cesado las funciones de los integrantes del CONSEJO DE ADMNISTRACIÓN nombrados por la Resolución 1027 de fecha 27 de diciembre de 2017 corresponde establecer una nueva conformación del citado Consejo.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR ha tomado la intervención de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Nº 50/2019.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 59 de la Ley 27.341.

Por ello,

LA MINISTRA DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- El CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN del FONDO FIDUCIARIO PARA LA VIVIENDA SOCIAL, estará integrado por la señora Ministra de Desarrollo Territorial y Hábitat, Arquitecta María Eugenia BIELSA, el señor Secretario de Hábitat, Arquitecto Javier Fernández Castro y el señor Subsecretario de Políticas de Vivienda e Infraestructura Contador Daniel Roberto Guastavino, quienes actuarán con carácter ad honorem.

ARTÍCULO 2°. - Las disposiciones de la presente medida regirán a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Maria Eugenia Bielsa

e. 25/03/2020 N° 15919/20 v. 25/03/2020

Fecha de publicación 25/03/2020