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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

Resolución 16/2020

RESOL-2020-16-APN-INV#MAGYP

2A. Sección, Mendoza, 24/03/2020

Visto el Expediente N° EX-2020-18495384-APN-DD#INV, las Leyes Nros. 14.878 y 24.566, los Decretos Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE, DECNU-2020-287-APN-PTE y DECNU-2020-297-APN-PTE de fecha 12, 17 y 19 de marzo de 2020, respectivamente, sus modificatorios y normas complementarias, la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-427-APN-JGM de fecha 20 de marzo de 2020, la Resolución N° RESOL-2020-14-APN-INV#MAGYP de fecha 19 de marzo de 2020 de este Organismo, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto, se promueve la delegación de facultades para otorgar y firmar excepciones a la restricción de circulación prevista en el Artículo 2° del Decreto Nº DECNU-2020-297-APN-PTE de fecha 19 de marzo de 2020.

Que mediante el Decreto N° DECNU-2020-260-APN-PTE de fecha 12 de marzo de 2020, se amplió, por el plazo de UN (1) año, la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19.

Que a través del Decreto N° DECNU-2020-297-APN-PTE, se estableció una medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio, desde el 20 de marzo de 2020 hasta el 31 de marzo del corriente año, con el fin de proteger la salud pública.

Que la medida adoptada mediante el precitado decreto dispone la restricción de circulación por rutas y espacios públicos, exceptuando de dicha restricción, entre otras personas, a las autoridades superiores del Gobierno Nacional y a aquellos trabajadores y trabajadoras del sector público, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas jurisdicciones.

Que para asegurar el adecuado funcionamiento de la Administración Pública Nacional y de otros organismos del Sector Público Nacional el señor Jefe de Gabinete de Ministros mediante la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-427-APN-JGM de fecha 20 de marzo de 2020, ha establecido un procedimiento, basado en razones de servicio, que garantice el tránsito y circulación de las personas indispensables para el funcionamiento de los organismos públicos nacionales.

Que, por su parte, el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV) mediante Resolución N° RESOL-2020-14-APN-INV#MAGYP de fecha 19 de marzo de 2020, ha determinado como áreas esenciales o críticas de prestación de servicios indispensables para la comunidad, a efectos de asegurar su cobertura permanente, los servicios de inspección y fiscalización analítica en materia vitivinícola y de alcoholes, el servicio de informática y comunicaciones y el servicio de administración financiera de gestión de la ejecución presupuestaria a través del eSidif en materia de registración contable, de compras y contrataciones y de tesorería, conforme detalla su Artículo 4°.

Que, en orden a cumplimentar lo dispuesto por la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-427-APN-JGM, atendiendo a la importante dispersión geográfica donde se desarrollan las tareas y actividades vinculadas con el cumplimiento de la misión sustantiva del INV y de conformidad con lo previsto por su Artículo 2°, corresponde delegar la facultad para emitir y firmar las Notas indicadas en el Punto 2 del Anexo I (IF-2020-18308214-APN-SGYEP#JGM) al Artículo 1° de la norma en análisis.

Que las excepciones que se soliciten y, en su caso, las que se otorguen, deben ajustarse estrictamente a las señaladas por el precitado Articulo 4° de la Resolución N° RESOL-2020-14-APN-INV#MAGYP de este Organismo, resultando de uso personal, indelegable y exclusivo del funcionario para el cumplimiento de las misiones o tareas que se le asignen a tales efectos.

Que han tomado su intervención de competencia la Gerencia de Fiscalización y las Subgerencias de Administración y Asuntos Jurídicos del INV, sin formular objeciones al dictado de la presente.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878, 24.566 y 25.163, el Decreto Nº DCTO-2020-142-APN-PTE y la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-427-APN-JGM,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Delégase en la Gerenta de Fiscalización, Subgerentes, Jefes de Delegación y de Subdelegación que le dependen y en el Subgerente de Administración del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, la facultad de otorgar y firmar las notas indicadas en el Punto 2 del Anexo I (IF-2020-18308214-APN-SGYEP#JGM) al Artículo 1° de la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-427-APN-JGM de fecha 20 de marzo de 2020, de acuerdo con el modelo que como Anexo IF-2020-18506851-APN-SA#INV integra la presente resolución y en un todo de conformidad con los considerandos de la presente medida.

ARTICULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y cumplido, archívese. Martin Silvestre Hinojosa

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en: https://www.argentina.gob.ar/inv

e. 26/03/2020 N° 16016/20 v. 26/03/2020

Fecha de publicación 26/03/2020