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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 93/2020

RESOL-2020-93-APN-D#ARN

Ciudad de Buenos Aires, 30/03/2020

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98, lo actuado en el Expediente Electrónico N° 04780555/20 de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9 °, Inciso a) de la Ley N° 24.804, toda Persona Física o Jurídica para desarrollar una Actividad Nuclear en la REPÚBLICAARGENTINA, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.

Que asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, Inciso c) establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar Licencias, Permisos o Autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.

Que en ese sentido, la FUNDACIÓN ESCUELA DE MEDICINA NUCLEAR (FUESMEN) ha solicitado mediante nota recibida el 14 de enero de 2020 (ERC N° 269/20), la Autorización de Práctica No Rutinaria para la realización de pruebas de síntesis de la molécula 18F-PSMA-1007 en la instalación Clase I denominada “Ciclotrón y Línea de Producción de Radioisótopos para PET”.

Que, por su parte, la SUBGERENCIA CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE I Y DEL CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR analizó la documentación técnica presentada por la FUESMEN y concluyó que se encuentran dadas las condiciones técnicas para el adecuado desarrollo de la práctica solicitada, bajo ciertas condiciones particulares.

Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA YSALVAGUARDIAS recomienda el otorgamiento de la Autorización de Práctica No Rutinaria bajo lascondiciones que se detallan en el ANEXO de la presente Resolución.

Que las GERENCIAS ASUNTOS JURÍDICOS y ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS han tomado en el trámite la intervención correspondiente.

Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en los Artículos 16, Inciso c) y 22, Inciso a) de la Ley N° 24.804.

Por ello, en su reunión de fecha 27 de marzo de 2020 (Acta N° 10),

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1°.- Autorizar a la FUNDACIÓN ESCUELA DE MEDICINA NUCLEAR a realizar la Práctica No Rutinaria solicitada, para la realización de pruebas de síntesis de la molécula 18F-PSMA-1007 en la Instalación Clase I denominada “Ciclotrón y Línea de Producción de Radioisótopos para PET”, según lo establecido en la Nota ERC N° 269/20, las condiciones especiales enunciadas en el ANEXO a la presente Resolución y la documentación mandatoria que resulte de aplicación.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL y a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS. Notifíquese a FUNDACIÓN ESCUELA DE MEDICINA NUCLEAR. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese. Agustin Arbor Gonzalez

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.

e. 02/04/2020 N° 16233/20 v. 02/04/2020

Fecha de publicación 02/04/2020