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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 458/2020

DECAD-2020-458-APN-JGM - Modificación presupuestaria.

Ciudad de Buenos Aires, 04/04/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-18711925-APN-DGD#MEC, las Leyes Nros. 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, conforme el artículo 27 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, en los términos del Decreto N° 4 del 2 de enero de 2020 y complementada por el Decreto Nº 193 del 27 de febrero de 2020, y 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública, los Decretos Nros. 7 del 10 de diciembre de 2019, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 99 del 27 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 184 del 26 de febrero de 2020, 326 del 31 de marzo de 2020 y las Decisiones Administrativas Nros. 12 del 10 de enero de 2019 y 1 del 10 de enero de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa N° 1/20 se determinaron los Recursos y Créditos Presupuestarios correspondientes a la prórroga de la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, con las adecuaciones institucionales del PODER EJECUTIVO NACIONAL establecidas por los Decretos Nros. 7/19 y 50/19.

Que es menester reforzar el Presupuesto vigente de la HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN, con el fin de afrontar necesidades específicas correspondientes al Programa 44 - Defensa de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

Que atento la situación de emergencia sanitaria de nuestro país, es necesario adecuar el presupuesto del MINISTERIO DEL INTERIOR con el objeto de incrementar las transferencias a Provincias correspondientes al Fondo de Aportes del Tesoro Nacional, financiado con recursos remanentes de ejercicios anteriores.

Que resulta oportuno incrementar el presupuesto del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO con destino al FONDO DE GARANTÍAS ARGENTINO (FoGAr), en el marco de las disposiciones del Decreto N° 326/20.

Que en el marco de la emergencia sanitaria, es menester adecuar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS con el objeto de afrontar la construcción de hospitales modulares.

Que, asimismo, se efectúa una compensación de los créditos vigentes de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, con el objeto de atender la adquisición de elementos de seguridad e higiene en el marco de la pandemia ocasionada por el virus COVID-19.

Que dicha compensación implica un incremento de los gastos corrientes en detrimento de los gastos de capital.

Que es menester incorporar en el presupuesto vigente los recursos provenientes de la recaudación del Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS), en función de lo establecido en el artículo 42 de la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública.

Que atento a lo mencionado en el considerando precedente, resulta necesario modificar el crédito vigente del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS y de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que resulta necesario incrementar el presupuesto del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL con el propósito de atender acciones en el marco del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria, en el contexto de la emergencia sanitaria por el COVID-19.

Que corresponde modificar los créditos presupuestarios incluidos en la órbita de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO destinados al CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CORASA).

Que ha tomado intervención el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9° de la Ley 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, en los términos del Decreto N° 4/20 y por el artículo 37 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2020 de acuerdo al detalle obrante en las PLANILLAS ANEXAS (IF-2020-23860026-APN-SSP#MEC) al presente artículo, que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Andrés Cafiero - Martín Guzmán

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 05/04/2020 N° 16484/20 v. 05/04/2020

Fecha de publicación 05/04/2020