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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


UNIVERSIDAD NACIONAL DE LANÚS

Resolución Rectoral 175/2020

Lanús, 20/03/2020

VISTO, el Expediente Nº 583/2020 de fecha 19 de marzo de 2020, el artículo 44 del Estatuto de la Universidad Nacional de Lanús, el Reglamento Electoral aprobado por la Resolución del Consejo Superior Nº 01/20 de fecha 20 de marzo de 2020, la Resolución del Consejo Superior Nº 02/20 de fecha 20 de marzo de 2020; y,

CONSIDERANDO:

Que, ante el próximo vencimiento de los mandatos de Rector/a, Vicerrector/a, Directores de los Departamentos Académicos, Consejeros Superiores de los Claustros Docente, Nodocente, Estudiantes y Graduados, como así también de los miembros de los Consejos Departamentales, resulta necesario instrumentar el proceso electoral pertinente con la finalidad de su renovación;

Que, el proceso electoral aludido se debe realizar de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo VII - Régimen Electoral Artículo 65 del Estatuto y lo dispuesto por el Reglamento Electoral de esta Universidad;

Que, de acuerdo con las normas citadas, corresponde a la Sra. Rectora efectuar la convocatoria correspondiente y determinar la sede donde habrán de desarrollarse los comicios, en concordancia con lo que al respecto determinan los artículos 4 a 7 del Reglamento Electoral;

Que, asimismo, por Resolución del Consejo Superior Nº 02/20 de fecha 20 de marzo de 2020, se ha designado la Junta Electoral como integrantes titulares al Dr. Edgardo Jorge Guevara (DNI Nº 7.594.714), Ing. Alejandra Carina Santos (DNI Nº 18.272.222) y Lic. María Valeria Barbuto (DNI Nº 23.154.582) y como suplentes a la Dra. Mirta Fabris (DNI. 4.934.302) y Cdor. Jorge Raúl Cartocio (DNI Nº 4.709.970);

Que, la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado debida intervención sin objeciones que formular, conforme consta en su Dictamen Nº 302/20/DAJ;

Que, es atributo del Director del Departamento de Humanidades y Artes normar sobre el particular, conforme lo establecido en los Artículos 31 y 45 del Estatuto de la Universidad Nacional de Lanús;

Por ello,

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO DE HUMANIDADES Y ARTES A CARGO DEL RECTORADO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LANUS

RESUELVE:

ARTICULO 1º: Convocar a elecciones generales para los Claustros: Docente, Nodocente, Estudiantes y Graduados de la Universidad Nacional de Lanús, que se desarrollarán exclusivamente en su sede de 29 de Septiembre Nº 3901, de Remedios de Escalada, Partido de Lanús, Provincia de Buenos Aires, en acuerdo con el siguiente cronograma para todos los Claustros: Días 04, 05 y 06 de mayo de 2020, en el horario de 9:00 a 21:00 horas.

ARTICULO 2º: Los electores pertenecientes al Claustro de Estudiantes habrán de elegir: cuatro (4) representantes titulares y cuatro (4) representantes suplentes a razón de uno por cada Departamento Académico para el Consejo Superior; dos (2) representantes titulares y (2) dos representantes suplentes para el Consejo Departamental por cada Departamento Académico.

ARTICULO 3º: Los electores pertenecientes al Claustro de Graduados habrán de elegir: un (1) representante titular y un (1) representante suplente, para el Consejo Superior; un (1) representante titular y un (1) representante suplente, para el Consejo Departamental por cada Departamento Académico.

ARTICULO 4º: Los electores pertenecientes al Claustro Docente, habrán de elegir: ocho (8) representantes titulares y cinco (5) representantes suplentes para el Consejo Superior; cinco (5) representantes titulares y tres (3) representantes suplentes para el Consejo Departamental por cada Departamento Académico.

ARTICULO 5º: Los electores pertenecientes al Claustro de Nodocentes habrán de elegir: un (1) representante titular y un (1) representante suplente para el Consejo Superior; un (1) representante titular y un (1) representante suplente para el Consejo Departamental por cada Departamento Académico.

ARTICULO 6º: El cierre de los padrones provisorios se producirá el 01 de abril de 2020 y se exhibirán a partir del día 02 de abril y hasta el día 06 de abril. Dentro de las 24 horas hábiles posteriores al cierre podrán formularse por escrito, ante la Junta Electoral, los reclamos relativos a inclusiones u omisiones. Los padrones definitivos se exhibirán a partir del día 13 de abril de 2020.

ARTICULO 7º: El cierre para la presentación de listas de candidatos se producirá el 14 de abril de 2020 a las 17:00 horas, en el lugar designado para el funcionamiento de la Junta Electoral.

ARTICULO 8º: La Junta Electoral funcionará en las oficinas de la Secretaria de Asuntos Jurídicos e Institucionales, en la sede de Remedios de Escalada (Edificio Rectorado “José Hernández”) sito en la calle Pablo Nogués S/N, Lanús, Provincia de Buenos Aires, en el horario de 13:00 a 17:00 hs.

ARTICULO 9º: La Junta Electoral estará integrada por el. Dr. Edgardo Jorge Guevara (DNI Nº 7.594.714), Ing. Alejandra Carina Santos (DNI Nº 18.272.222) y Lic. María Valeria Barbuto (DNI Nº 23.154.582) y como suplentes a la Dra. Mirta Fabris (DNI. 4.934.302) y Cdor.Jorge Raúl Cartocio (DNI Nº 4.709.970) designados por la Resolución del Consejo Superior Nº 02/20.

ARTICULO 10º: La presente Resolución es refrendada por el Secretario General y/o el Secretario de Asuntos Jurídicos e Institucionales.

ARTICULO 11º: Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido, archívese. Daniel Rodríguez Bozzani - Indalecio González Bergez

e. 06/04/2020 N° 16402/20 v. 06/04/2020

Fecha de publicación 06/04/2020