BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 6950/2020
01/04/2020
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,
A LAS CÁMARAS ELECTRÓNICAS DE COMPENSACIÓN,
A LAS INFRAESTRUCTURAS DEL MERCADO FINANCIERO:
Ref.: Circular SINAP 1 - 100 Cheques. Plazos de presentación y comisiones por cheques rechazados.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
“Mientras el Poder Ejecutivo Nacional mantenga la suspensión de los efectos del artículo 1ero. de la ley 25.730:
1. Ampliar en treinta (30) días adicionales el plazo para la presentación de los cheques comunes o de pago diferido que finalice durante la vigencia de dicha medida del Poder Ejecutivo Nacional, hayan sido librados en la República Argentina o en el exterior.
2. Admitir una segunda presentación para los cheques rechazados por causal “Sin fondos suficientes disponibles en cuenta” de acuerdo con las normas sobre “Sistema Nacional de Pagos - Cheques y Otros Instrumentos Compensables”. Esta disposición no es aplicable a los cheques generados por medios electrónicos o ECHEQ.
3. Determinar que las entidades financieras no podrán aplicar comisiones a sus clientes relacionadas con el rechazo de cheques.”
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Luis D´ Orio, Gerente Principal de Sistemas de Pago y Cuentas Corrientes - Julio César Pando, Subgerente General de Medios de Pago
e. 06/04/2020 N° 16431/20 v. 06/04/2020
Fecha de publicación 06/04/2020