Edición del
27 de Marzo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO

Resolución 29/2020

RESFC-2020-29-APN-AABE#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 07/04/2020

VISTO el Expediente EX-2020-14478283-APN-DACYGD#AABE, los Decretos Nros. 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, 1.416 de fecha 18 de septiembre de 2013, 2.670 de fecha 1° de diciembre de 2015, el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por Resolución Nº 213 de fecha 19 de julio de 2018 (RESFC-2018-213-APN-AABE#JGM), el Decreto N° 518 de fecha 26 de julio de 2019 (DECTO-2019-518-APN-PTE), y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el VISTO tramita la presentación del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, por la cual solicita la asignación en uso de un bien inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicado en la calle Cochabamba Nº 54, Comuna 1, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES; identificado catastralmente como Circunscripción 12 – Sección 4 – Manzana 53 – Parcela 2E, correspondiente al CIE Nº 0200008121/1 en jurisdicción de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, con una superficie aproximada de terreno de UN MIL CUATROCIENTOS DIEZ METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (1.410,75 M2) y una superficie aproximada cubierta de SIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS (7.537,00 M2), individualizado en el croquis que como ANEXO (IF-2020-19640592-APN-DNGAF#AABE) forma parte integrante de la presente medida.

Que el MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD informa que el inmueble mencionado se destinará a la instalación de la futura sede ministerial.

Que de los relevamientos e informes técnicos efectuados en el marco de las inspecciones y estudios de factibilidad con el objeto de verificar las condiciones de ocupación de dicho inmueble, surge que se encuentra parcialmente ocupado por distintos organismos nacionales y el resto del edificio está subutilizado y en desuso.

Que la COORDINACIÓN DE DISEÑO Y ANÁLISIS DE ACTIVOS de la DIRECCIÓN NACIONAL DE GERENCIAMIENTO DE ACTIVOS FÍSICOS determinó que el edificio de tipología fabril utilizado como depósito cuenta con una flexibilidad espacial que permite múltiples usos y que sus instalaciones en general están en un estado de regular mantenimiento.

Que mediante el Decreto Nº 1.382/12 y su modificatorio, se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO (AABE), como organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, estableciéndose que será el órgano rector, centralizador de toda la actividad de administración de bienes muebles e inmuebles del ESTADO NACIONAL, ejerciendo en forma exclusiva la administración de los bienes inmuebles del ESTADO NACIONAL, cuando no corresponda a otros organismos estatales.

Que el inciso 20 del artículo 8° del Decreto Nº 1.382/12, determina que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO podrá asignar y reasignar los bienes inmuebles que integran el patrimonio del ESTADO NACIONAL, los cuales se considerarán concedidos en uso gratuito a la respectiva jurisdicción, la que tendrá su administración y custodia y que tan pronto cese dicho uso deberán volver a la jurisdicción de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.

Que resulta asimismo aplicable lo previsto en el Capítulo I del Título II de la Parte General del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por Resolución Nº 213 de fecha 19 de julio de 2018 (RESFC-2018-213-APN-AABE#JGM).

Que el Decreto N° 518 de fecha 26 de julio de 2019 (DECTO-2019-518-APN-PTE) autorizó a la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, en los términos del artículo 20 del Anexo al Decreto N° 2.670 de fecha 1° de diciembre de 2015, a disponer y enajenar el inmueble que trata la presente medida, entre otros pertenecientes al patrimonio del ESTADO NACIONAL.

Que en oportunidad del dictado de esa medida se consideraba que el citado bien se encontraba subutilizado, lo que daba como resultado la imposibilidad de efectuar un mantenimiento del mismo, primando además el potencial inmobiliario y urbanístico por estar ubicado en una zona estratégica de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Que la mencionada situación no se presenta en este caso, por cuanto se ha verificado que el inmueble ubicado en calle Cochabamba N° 54 está siendo utilizado parcialmente por organismos nacionales para depósito y archivo y en condiciones regulares de mantenimiento, con amplias posibilidades de mejorar su funcionamiento y capacidad arquitectónica.

Que en tal sentido, se considera que la presente asignación en uso resulta prioritaria y conveniente para otorgar una solución adecuada a la implementación de la sede del recientemente creado MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD.

Que la presente se enmarca en la decisión del PODER EJECUTIVO NACIONAL de hacer prevalecer el proceso de preservación del patrimonio inmobiliario estatal y la racionalización del espacio físico del mismo, con vista a su mejor aprovechamiento y utilización, destinando la afectación de los bienes inmuebles estatales a la planificación, desarrollo y ejecución de políticas públicas.

Que el artículo 5º del Decreto Nº 1.416/13 y el artículo 23 del Anexo del Decreto Nº 2.670/15, establecen que la asignación y transferencia de uso de inmuebles de propiedad del ESTADO NACIONAL a todo organismo integrante del Sector Público Nacional en los términos del artículo 8º de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificaciones, así como a Universidades Nacionales, serán dispuestas por resolución de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO y deberán ser comunicadas en un plazo de CINCO (5) días hábiles, contados a partir del dictado de la resolución que así lo disponga, a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, para su correspondiente registro.

Que el Servicio Jurídico Permanente de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los Decretos Nros. 1.382/12, 1.416/13 y 2.670/15.

Por ello,

EL PRESIDENTE Y EL VICEPRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1º.- Asígnase en uso al MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, el bien inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicado en la calle Cochabamba Nº 54, Comuna 1, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES; identificado catastralmente como Circunscripción 12 – Sección 4 – Manzana 53 – Parcela 2E, correspondiente al CIE Nº 0200008121/1, con una superficie aproximada de terreno de UN MIL CUATROCIENTOS DIEZ METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (1.410,75 M2) y una superficie aproximada cubierta de SIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS (7.537,00 M2), individualizado en el croquis que como ANEXO (IF-2020-19640592-APN-DNGAF#AABE) forma parte integrante de la presente medida, con el objeto de destinarlo a la sede del citado Ministerio.

ARTÍCULO 2º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.

ARTÍCULO 3º.- Notifíquese al MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD.

ARTÍCULO 4º.- Dese cuenta a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Martín Cosentino - Juan Agustín Debandi

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 13/04/2020 N° 16761/20 v. 13/04/2020

Fecha de publicación 13/04/2020