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Legislación y Avisos Oficiales
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BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 6957/2020

06/04/2020

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,

A LAS EMPRESAS ADMINISTRADORAS DE REDES DE CAJEROS AUTOMÁTICOS:

Ref.: OPASI 2 – 584. Comunicación “A” 6945. Modificación.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

“- Modificar lo dispuesto por la Comunicación “A” 6945, por lo siguiente:

“- Incorporar, como punto 9. de la Comunicación “A” 6942, lo siguiente:

“9. Hasta el 30.6.2020 inclusive, las entidades financieras no podrán cobrar cargos ni comisiones por las operaciones (depósitos, extracciones, consultas, etc.) efectuadas mediante todos los cajeros automáticos habilitados y operados en el país por ellas, sin límites de importe –salvo los que expresamente se convengan por razones de seguridad y/o resulten de restricciones operativas del equipo– ni de cantidad de extracciones, ni distinción alguna entre clientes y no clientes, independientemente del tipo de cuenta a la vista sobre la cual se efectúe la correspondiente operación, y de la entidad financiera y/o la red de cajeros automáticos a la cual pertenezca.

En ese sentido, deberán arbitrar los medios para que todas las personas humanas y jurídicas puedan efectuar extracciones por un importe que, como mínimo, alcance la suma de $15.000 -acumulado diario-, con independencia de su condición de clientes (o no) de la entidad financiera propietaria del dispositivo en el que se efectúa la operación y de la red que lo administra.”

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Mirta M. Noguera, Gerente de Aplicaciones Normativas - Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas.

e. 13/04/2020 N° 16762/20 v. 13/04/2020

Fecha de publicación 13/04/2020