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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO Y SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO

Resolución Conjunta 2/2020

RESFC-2020-2-APN-SGYEP#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 14/04/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-16479170- -APN-DAF#INT, la Ley N° 24.800, el Decreto N° 1759 de fecha 3 de abril de 1972 (T.O. 2017), el Decreto Reglamentario N° 991 de la fecha 24 de septiembre de 1997, la Resolución N° RESFC-2020-1-APN-SGYEP#JGM de fecha 17 de marzo de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución N° RESFC-2020-1-APN-SGYEP#JGM de fecha 17 de marzo de 2020, se derogaron las Resoluciones Conjuntas del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO y la entonces SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO Nros RESFC-2019-1-APN-SECEP#JGM y RESFC-2019-4-APNSECEP#JGM.

Que en su artículo 1° se deslizó un error material consignándose al final el texto “Resolución el Decreto N° 795 del 28 de noviembre de 2019” por lo que donde dice “Deróganse las Resoluciones Conjuntas del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO y la entonces SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO Nros. RESFC-2019-1-APN-SECEP#JGM y RESFC-2019-4-APNSECEP#JGM Resolución el Decreto N° 795 del 28 de noviembre de 2019”, debe decir “Deróganse las Resoluciones Conjuntas del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO y la entonces SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO Nros RESFC-2019-1-APN-SECEP#JGM y RESFC-2019-4-APN-SECEP#JGM.”

Que de acuerdo a lo establecido por el Artículo 101 del Decreto N° 1759 de fecha 3 de abril de 1972 (T.O. 2017), reglamentario de la Ley de Procedimientos Administrativos, corresponde rectificar los errores materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere la sustancia del acto o decisión.

Que, por tanto es pertinente el dictado del presente acto administrativo rectificatorio.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 24.800 y el Decreto Reglamentario N° 991 de la fecha 24 de septiembre de 1997.

Por ello,

LA SECRETARIA DE EMPLEO PÚBLICO

Y

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1°.- Rectifícase el artículo 1° de la RESFC-2020-1-APN-SGYEP#JGM, donde dice “Deróganse las Resoluciones Conjuntas del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO y la entonces SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO Nros. RESFC-2019-1-APN-SECEP#JGM y RESFC-2019-4-APNSECEP#JGM Resolución el Decreto N° 795 del 28 de noviembre de 2019”, debe decir “Deróganse las Resoluciones Conjuntas del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO y la entonces SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO Nros RESFC-2019-1-APN-SECEP#JGM y RESFC-2019-4-APNSECEP#JGM.”

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Ana Gabriela Castellani - Gustavo Ariel Uano

e. 15/04/2020 N° 17073/20 v. 15/04/2020

Fecha de publicación 15/04/2020