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Primera sección


SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 1434/2019

RESOL-2019-1434-APN-SECT#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 29/08/2019

VISTO el Expediente Nº 1.752.603/17 del Registro del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente N° 1.752.603/17, obra el acuerdo celebrado entre la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE AERONAVEGANTES, por la parte sindical, y la empresa ANDES LÍNEAS AÉREAS SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el texto de marras las partes convienen la implementación de un sistema de concursos para cubrir los cargos Jefe de Programación de TCPs y Jefe de Cabina, conforme a los términos y condiciones allí establecidos.

Que el ámbito de aplicación del acuerdo traído a estudio, se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresarial firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que los delegados de personal de la empresa han ejercido en autos la representación que les compete, en los términos de lo normado por el Artículo 17 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que considerando el tenor del contenido del presente acuerdo, esta Autoridad de Aplicación estima pertinente se proceda a la registración del mismo a través del acto administrativo correspondiente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO-2019-35-APN-PTE.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Declárase registrado el acuerdo celebrado entre la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE AERONAVEGANTES, por la parte sindical, y la empresa ANDES LÍNEAS AÉREAS SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, obrante a fojas 2/3 del Expediente N° 1.752.603/17, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º. Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del acuerdo obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.752.603/17

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 4º.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo registrado y de esta Resolución, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).

ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lucas Fernandez Aparicio

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/04/2020 N° 16713/20 v. 16/04/2020

Fecha de publicación 16/04/2020