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AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO

Resolución 32/2020

RESFC-2020-32-APN-AABE#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 14/04/2020

VISTO el Expediente EX-2020-15166470-APN-DACYGD#AABE, los Decretos Nros. 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, 1.416 de fecha 18 de septiembre de 2013, 2.670 de fecha 1 de diciembre de 2015, el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por Resolución Nº 213 de fecha 19 de julio de 2018 (RESFC-2018-213-APN-AABE#JGM), y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la presentación efectuada por la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LAS ARTES, por la cual solicita la asignación en uso del bien inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, en jurisdicción del MINISTERIO DE ECONOMÍA, ubicado en la Avenida Belgrano N° 2252, Comuna 3, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES; identificado catastralmente como Circunscripción 10 – Sección 20 – Manzana 038 - Parcela 006, correspondiente al CIE Nº 0200000307, con una superficie total de terreno aproximada de NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y NUEVE DECÍMETROS CUADRADOS (997,99 M2) y una superficie total cubierta aproximada de DOS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (2.976 M2), individualizado en el croquis que como ANEXO (IF-2020-21704326-APN-DNGAF#AABE) forma parte integrante de la presente medida.

Que la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LAS ARTES informa que el inmueble mencionado se destinará a la instalación de unidades académicas en el marco de la emergencia edilicia y presupuestaria que atraviesa dicha Universidad.

Que de los relevamientos e informes técnicos efectuados en el marco de las inspecciones y estudios de factibilidad con el objeto de constatar las condiciones de ocupación de dicho inmueble, se verificó que el mismo se encuentra utilizado como depósito de mobiliario, archivos y vehículos de distintas reparticiones.

Que la COORDINACIÓN DE DISEÑO Y ANÁLISIS DE ACTIVOS de la DIRECCIÓN NACIONAL DE GERENCIAMIENTO DE ACTIVOS FÍSICOS determinó que el edificio de tipología fabril proyectado originalmente como taller mecánico cuenta con una flexibilidad espacial que permite la adaptación a múltiples usos y que sus instalaciones y arquitectura en general están en un estado de regular mantenimiento.

Que conforme lo informado por el entonces MINISTERIO DE HACIENDA mediante NO-2018-64851543-APN-SSADYNP#MHA de fecha 12 de diciembre de 2018, el inmueble se encuentra en condiciones de ser desafectado por resultar innecesario para las competencias, misiones y funciones de la repartición, habiendo sido puesto a disposición de esta Agencia a partir del día 31 de diciembre de 2018 para el destino que se considere más conveniente.

Que mediante el Decreto Nº 1.382/12 y su modificatorio, se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO (AABE), como organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, estableciéndose que será el órgano rector, centralizador de toda la actividad de administración de bienes muebles e inmuebles del ESTADO NACIONAL, ejerciendo en forma exclusiva la administración de los bienes inmuebles del ESTADO NACIONAL, cuando no corresponda a otros organismos estatales.

Que el inciso 19 del artículo 8º del Decreto Nº 1.382/12 y los artículos 36 y 37 del Anexo del Decreto Nº 2.670/15 reglamentario del citado Decreto Nº 1.382/12, establecen que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO podrá desafectar aquellos bienes inmuebles propiedad del ESTADO NACIONAL que se encontraren en uso y/o concesionados, cuando de su previa fiscalización resultare la falta de afectación específica, uso indebido, subutilización o estado de innecesariedad, teniendo en consideración las competencias, misiones y funciones de la repartición de origen, como así también, la efectiva utilización y/u ocupación de los mismos.

Que el inciso 20 del citado artículo, determina que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO podrá asignar y reasignar los bienes inmuebles que integran el patrimonio del ESTADO NACIONAL, los cuales se considerarán concedidos en uso gratuito a la respectiva jurisdicción, la que tendrá su administración y custodia y que tan pronto cese dicho uso deberán volver a la jurisdicción de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.

Que resulta asimismo aplicable lo previsto en el Capítulo I del Título II de la Parte General del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por Resolución Nº 213 de fecha 19 de julio de 2018 (RESFC-2018-213-APN-AABE#JGM).

Que la situación planteada se encuentra enmarcada en el inciso 2) del artículo 37 del Decreto Reglamentario Nº 2.670/15.

Que en consecuencia, corresponde en esta instancia desafectar de la jurisdicción del MINISTERIO DE ECONOMÍA el inmueble mencionado en el considerando primero y asignarlo en uso a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LAS ARTES.

Que la presente se enmarca en la decisión del PODER EJECUTIVO NACIONAL de hacer prevalecer el proceso de preservación del patrimonio inmobiliario estatal y la racionalización del espacio físico del mismo, con vista a su mejor aprovechamiento y utilización, destinando la afectación de los bienes inmuebles estatales a la planificación, desarrollo y ejecución de políticas públicas.

Que el artículo 5º del Decreto Nº 1.416/13 y el artículo 23 del Anexo del Decreto Nº 2.670/15, establecen que la asignación y transferencia de uso de inmuebles de propiedad del ESTADO NACIONAL a todo organismo integrante del Sector Público Nacional en los términos del artículo 8º de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificaciones, así como a Universidades Nacionales, serán dispuestas por resolución de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO y deberán ser comunicadas en un plazo de CINCO (5) días hábiles, contados a partir del dictado de la resolución que así lo disponga, a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, para su correspondiente registro.

Que el Servicio Jurídico Permanente de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los Decretos Nros. 1.382/12, 1.416/13 y 2.670/15.

Por ello,

EL PRESIDENTE Y EL VICEPRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1º.- Desaféctase de la jurisdicción del MINISTERIO DE ECONOMÍA el bien inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicado en la Avenida Belgrano N° 2252, Comuna 3, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES; identificado catastralmente como Circunscripción 10 – Sección 20 – Manzana 038 - Parcela 006, correspondiente al CIE Nº 0200000307, con una superficie total de terreno aproximada de NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y NUEVE DECÍMETROS CUADRADOS (997,99 M2) y una superficie total cubierta aproximada de DOS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (2.976 M2), individualizado en el croquis que como ANEXO (IF-2020-21704326-APN-DNGAF#AABE) forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- Asígnase en uso a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LAS ARTES, el inmueble mencionado en el Artículo 1º, con el objeto de destinarlo a la instalación de unidades académicas en el marco de la emergencia edilicia y presupuestaria que atraviesa dicha Universidad.

ARTÍCULO 3º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.

ARTÍCULO 4º.- Notifíquese al MINISTERIO DE ECONOMÍA y a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LAS ARTES.

ARTÍCULO 5º.- Dése cuenta a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Martín Cosentino - Juan Agustín Debandi

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 17/04/2020 N° 17169/20 v. 17/04/2020

Fecha de publicación 17/04/2020