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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CULTURA INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO

Resolución 417/2020

RESOL-2020-417-APN-INT#MC

Ciudad de Buenos Aires, 16/04/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2020-25463346- -APN-DAF#INT, la Ley Nº 24.800, su Decreto Reglamentario Nº 991 de fecha 24 de septiembre de 1997, la Resolución Conjunta de la SECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PÚBLICO y el INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO N° RESFC-2020-1-APN-SGYEP#JGM de fecha 17 de marzo de 2020 y N° RESFC-2020-2-APN-SGYEP#JGM de fecha 14 de abril de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 7º de la Ley Nº 24.800 se creó el INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, como organismo rector de la promoción y apoyo de la actividad teatral, y autoridad de aplicación de la mencionada Ley, el cual tiene autarquía en Jurisdicción del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN.

Que de conformidad con el artículo 14 inc n) de la Ley N° 24.800, son funciones del Consejo de Dirección, entre otras, designar Jurado de Selección para la calificación de proyectos que aspiran a obtener los beneficios de dicha Ley, los que se integrarán por personalidades del área de la cultura del quehacer teatral, mediante concursos públicos de antecedentes y oposición para cubrir dichos cargos.

Que mediante la Resolución Conjunta de la entonces SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO y del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO Nº RESFC-2019-1-APN-SECEP#JGM de fecha 12 de abril de 2019 rectificada por su similar Nº RESFC-2019-4-APNSECEP# JGM de fecha 5 de septiembre de 2019 se aprobó un nuevo Régimen de selección para la cobertura de, entre otros, los cargos de Jurados de Selección para la calificación de proyectos del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, dejándose sin efecto la Resolución INT N° 1022 de fecha 5 de noviembre del 2012.

Que mediante la Resolución conjunta de la SECRETARÍA DE GESTION Y EMPLEO PÚBLICO y del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO N° RESFC-2020-1-APN-SGYEP#JGM de fecha 17 de marzo de 2020 rectificada por su similar N° RESFC-2020-2-APN-SGYEP#JGM de fecha 14 de abril de 2020, se han derogado las Resoluciones Conjuntas de la entonces SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO y el INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO Nros. RESFC-2019-1-APN-SECEP#JGM de fecha 12 de abril de 2019 y Nº RESFC-2019-4-APNSECEP# JGM de fecha 5 de septiembre de 2019.

Que, en esta instancia resulta necesario establecer nuevamente las reglas básicas que regulen el concurso público de antecedentes y oposición para la cobertura de los cargos de Jurados de Selección para la calificación de proyectos, conforme lo normado en el artículo 14 inc. n) de la Ley Nacional del Teatro Nº 24.800.

Que ha tomado intervención la Coordinación de Recursos Humanos y Organización del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO.

Que el Consejo de Dirección mediante el Acta N° 598 de fecha 15 de abril de 2020, ha aprobado el Reglamento del Concurso Público de Antecedentes y Oposición para la cobertura de cargos de Jurados de Selección para la calificación de proyectos del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida, se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 14 inc. n) de la Ley Nº 24.800 y su Decreto Reglamentario N° 991 de fecha 24 de septiembre de 1997.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Reglamento del Concurso Público de Antecedentes y Oposición para la cobertura de cargos de Jurados de Selección para la calificación de proyectos que como Anexo I (IF-2020-26082277-APN-INT#MC) forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase el Perfil de requisitos y características a satisfacer por las y los postulantes al cargo de Jurado de Selección para la calificación de proyectos que como Anexo II (IF-2020-26082286-APN-INT#MC) forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Apruébase el modelo de la “Solicitud y ficha de Inscripción” que las y los postulantes deberán completar para inscribirse en los procesos de selección que se convoquen, que como Anexo III (IF-2020-26082296-APN-INT#MC) forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Gustavo Ariel Uano

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 20/04/2020 N° 17267/20 v. 20/04/2020

Fecha de publicación 20/04/2020