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Legislación y Avisos Oficiales
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AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO

Resolución 34/2020

RESFC-2020-34-APN-AABE#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 16/04/2020

VISTO el Expediente EX-2020-15165885-APN-DACYGD#AABE, los Decretos Nros. 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, 1.416 de fecha 18 de septiembre de 2013, 2.670 de fecha 1° de diciembre de 2015, el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por Resolución Nº 213 de fecha 19 de julio de 2018 (RESFC-2018-213-APN-AABE#JGM), la Resolución N° 517 de fecha 2 de diciembre de 2019 (RESFC-2019-517-APN-AABE#AABE), y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el VISTO tramita la presentación de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LAS ARTES, por la cual solicita la asignación en uso de los bienes inmuebles propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicados en la Avenida Franklin Delano Roosevelt Nº 5860/5872, Comuna 12, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES; identificados catastralmente como Circunscripción 16 – Sección 63 – Manzana 1B – Parcelas 6A y 6B, correspondientes al CIE Nº 0200025547, en jurisdicción de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, con una superficie de CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (464,35 M2) correspondientes a la Parcela 6A y CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON NOVENTA DECÍMETROS CUADRADOS (448,90 M2) correspondientes a la Parcela 6B, siendo la superficie total de NOVECIENTOS TRECE METROS CUADRADOS CON VEINTICINCO DECÍMETROS CUADRADOS (913,25 M2), individualizados en el croquis que como ANEXO (IF-2020-24896679-APN-DNGAF#AABE) forma parte integrante de la presente medida.

Que la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LAS ARTES informa que los inmuebles mencionados se destinarán a la construcción de un edificio para el desarrollo del Departamento de Artes Audiovisuales, con espacios áulicos, laboratorios, salas de proyección y servicios generales.

Que de los relevamientos e informes técnicos efectuados en el marco de las inspecciones y estudios de factibilidad con el objeto de verificar las condiciones de ocupación de dichos inmuebles, surge que se encuentran desocupados, en desuso y bajo custodia de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.

Que en virtud de la Resolución N° 517 de fecha 2 de diciembre de 2019 (RESFC-2019-517-APN-AABE#AABE), tramitada en el Expediente EX-2019-00331028-APN-DCYC#AABE, se aprobó lo actuado y se declaró desierto el llamado a Subasta Pública de Etapa Única Nacional N° 392-0002-SPU19, para la venta de los inmuebles descriptos en el primer considerando.

Que la COORDINACIÓN DE DISEÑO Y ANÁLISIS DE ACTIVOS de la DIRECCIÓN NACIONAL DE GERENCIAMIENTO DE ACTIVOS FÍSICOS determinó que en los inmuebles de marras es factible construir una edificación de UN MIL NOVECIENTOS DIECISIETE METROS CUADRADOS (1.917 M2) cubiertos, permitiendo la generación de DOSCIENTOS SETENTA Y TRES (273) puestos de trabajo, con un nivel de inversión alta y de alta complejidad.

Que mediante el Decreto Nº 1.382/12 y su modificatorio, se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO (AABE), como organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, estableciéndose que será el órgano rector, centralizador de toda la actividad de administración de bienes muebles e inmuebles del ESTADO NACIONAL, ejerciendo en forma exclusiva la administración de los bienes inmuebles del ESTADO NACIONAL, cuando no corresponda a otros organismos estatales.

Que el inciso 20 del artículo 8° del Decreto Nº 1.382/12, determina que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO podrá asignar, y reasignar los bienes inmuebles que integran el patrimonio del ESTADO NACIONAL, los cual se considerarán concedidos en uso gratuito a la respectiva jurisdicción, la que tendrá su administración y custodia y que tan pronto cese dicho uso deberán volver a la jurisdicción de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.

Que resulta asimismo aplicable lo previsto en el Capítulo I del Título II de la Parte General del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por Resolución Nº 213 de fecha 19 de julio de 2018 (RESFC-2018-213-APN-AABE#JGM).

Que conforme los antecedentes expuestos se considera conveniente la presente asignación en uso a favor de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LAS ARTES.

Que la presente se enmarca en la decisión del PODER EJECUTIVO NACIONAL de hacer prevalecer el proceso de preservación del patrimonio inmobiliario estatal y la racionalización del espacio físico del mismo, con vista a su mejor aprovechamiento y utilización, destinando la afectación de los bienes inmuebles estatales a la planificación, desarrollo y ejecución de políticas públicas.

Que el artículo 5º del Decreto Nº 1.416/13 y el artículo 23 del Anexo del Decreto Nº 2.670/15, establecen que la asignación y transferencia de uso de inmuebles de propiedad del ESTADO NACIONAL a todo organismo integrante del Sector Público Nacional en los términos del artículo 8º de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificaciones, así como a Universidades Nacionales, serán dispuestas por resolución de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO y deberán ser comunicadas en un plazo de CINCO (5) días hábiles, contados a partir del dictado de la resolución que así lo disponga, a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, para su correspondiente registro.

Que el Servicio Jurídico Permanente de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los Decretos Nros. 1.382/12, 1.416/13 y 2.670/15.

Por ello,

EL PRESIDENTE Y EL VICEPRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1º.- Asígnase en uso a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LAS ARTES, los bienes inmuebles propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicados en la Avenida Franklin Delano Roosevelt Nº 5860/5872, Comuna 12, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES; identificados catastralmente como Circunscripción 16 – Sección 63 – Manzana 1B – Parcelas 6A y 6B, correspondientes al CIE Nº 0200025547, con una superficie de CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (464,35 M2) correspondientes a la Parcela 6A y CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON NOVENTA DECÍMETROS CUADRADOS (448,90 M2) correspondientes a la Parcela 6B, siendo la superficie total de NOVECIENTOS TRECE METROS CUADRADOS CON VEINTICINCO DECÍMETROS CUADRADOS (913,25 M2), individualizados en el croquis que como ANEXO (IF-2020-24896679-APN-DNGAF#AABE) forma parte integrante de la presente medida, con el objeto de destinarlos a la construcción de un edificio para el desarrollo del Departamento de Artes Audiovisuales, con espacios áulicos, laboratorios, salas de proyección y servicios generales.

ARTÍCULO 2º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.

ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LAS ARTES.

ARTÍCULO 4º.- Dese cuenta a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Martín Cosentino - Juan Agustín Debandi

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 20/04/2020 N° 17278/20 v. 20/04/2020

Fecha de publicación 20/04/2020