ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución 83/2020
RESOL-2020-83-APN-APNAC#MAD
Ciudad de Buenos Aires, 14/04/2020
VISTO el Expediente EX-2020-21473469-APN-DGA#APNAC, la Ley Nº 27.467, los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 1.035 de fecha 8 de noviembre de 2018, 36 de fecha 14 de diciembre de 2019 y 328 de fecha 31 de marzo de 2020, la Decisión Administrativa Nº 1.422 de fecha 6 de diciembre de 2016 y la Resolución del Directorio de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES Nº 410 de fecha 27 de diciembre de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 27.467 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2020, el que fue distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 10 de enero de 2020.
Que por el Decreto Nº 2.098/2008, sus modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.).
Que por el Artículo 3º del Decreto Nº 1.035/2018, se facultó, entre otros, a las máximas autoridades de Organismos descentralizados a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas.
Que por el Artículo 3º del Decreto Nº 36/2019 se modificó el texto del Artículo 4º del Decreto Nº 1.035/2018 fijando así una nueva fecha límite para las prórrogas.
Que por el Artículo 1º del Decreto Nº 328/2020 se autoriza a las máximas autoridades de los Organismos descentralizados a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas,
Que por el mismo Artículo se establece que el plazo no podrá exceder los CIENTO OCHENTA (180) días.
Que por la Decisión Administrativa Nº 1.422/2016 se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.
Que por la Resolución del Directorio de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES Nº 410/2016, se aprobó la estructura organizativa del segundo nivel operativo, se incorporaron, homologaron y reasignaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas, los cargos, pertenecientes al referido Organismo.
Que mediante las Decisiones Administrativas detalladas en el Anexo IF-2020-21554714-APN-DCYD#APNAC el cual forma parte integrante de la presente, se designaron transitoriamente a los funcionarios de las distintas Direcciones Nacionales y Generales de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.
Que por razones de índole operativa no se han podido tramitar los procesos de selección para la cobertura de los cargos en cuestión.
Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a las Direcciones Nacionales y Generales de esta ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para afrontar el gasto resultante de la medida que se aprueba por la presente.
Que las Direcciones Generales de Recursos Humanos y de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 24, inciso f), de la Ley Nº 22.351 y el Artículo 1º del Decreto Nº 328/2020.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dáse por prorrogado, con carácter transitorio a partir del día 1° de abril de 2020 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días, las designaciones transitorias efectuadas por conducto de las Decisiones Administrativas de los agentes detallados en el Anexo IF-2020-21554714-APN-DCYD#APNAC, el cual forma parte integrante de la presente medida, en idénticas condiciones a las dispuestas por las Decisiones Administrativas, autorizándose el correspondiente pago de las Funciones Ejecutivas del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098/2008, sus modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 2°.- Establécese que los cargos involucrados en el Artículo 1º deberán ser cubiertos de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.) homologado por el Decreto Nº 2.098/2008, sus modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 3°.- Determínase que el gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 81 - Entidad 107 - ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.
ARTÍCULO 4º.- Determínase que por el Departamento de Mesa General de Entradas, Salidas y Notificaciones se notifique en legal forma a los interesados y dentro de los CINCO (5) días del dictado del acto de prórroga se deberá notificar a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Daniel Jorge Somma
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 20/04/2020 N° 17299/20 v. 20/04/2020
Fecha de publicación 20/04/2020