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13 de Diciembre de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 6969/2020

16/04/2020

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,

A LAS CASAS DE CAMBIO,

A LAS AGENCIAS DE CAMBIO,

A LAS SOCIEDADES DE GARANTÍA RECÍPROCA,

A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE CRÉDITO,

A LOS FIDUCIARIOS DE FIDEICOMISOS FINANCIEROS COMPRENDIDOS EN LA LEY DE ENTIDADES FINANCIERAS,

A LOS FONDOS DE GARANTÍA DE CARÁCTER PÚBLICO,

A LOS OTROS PROVEEDORES NO FINANCIEROS DE CRÉDITO,

A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE COMPRA:

Ref.: Circular CONAU 1 - 1401

Regímenes Informativos. Prorroga.

Nos dirigimos a Uds. para informarles que para el período de información marzo 2020, se ha resuelto extender el vencimiento para las presentaciones de los regímenes informativos mensuales enumerados a continuación hasta el día 30.04.2020.

- Balance de Saldos (R.I.-B.S.)

- Deudores del Sistema Financiero (R.I.-D.S.F.)

- Exigencia e Integración de Capitales Mínimos (R.I.-E.I.C.M.)

- Efectivo Mínimo y Aplicación de Recursos (R.I.-E.M. y A.R.)

- Relación para los Activos Inmovilizados y Otros Conceptos (R.I. – A.I.)

- Estado de Consolidación de Entidades Locales con Filiales y Subsidiarias Significativas en el País y en el Exterior (R.I. – E.C.)

- Estado de Situación de Deudores Consolidado con Filiales y Subsidiarias Significativas en el País y en el Exterior (R.I. – E.S.D.C.)

- Pago de Remuneraciones mediante Acreditación en Cuenta Bancaria (R.I. – P.R.)

- Financiamiento con Tarjetas de Crédito (R.I. – F.T.C.)

- Títulos Valores (R.I.-T.V.)

- Transparencia (R.I. – T)

- Posición Global Neta de Moneda Extranjera (R.I. – P.G.)

- Base de datos – Padrón. (R.I. – B.P.)

- Información Institucional de Entidades Financieras y Cambiarias (R.I.- I.I.)

- Ratio de Cobertura de Liquidez (R.I. - L.C.R.)

- Reclamos

- Grandes Exposiciones al Riesgo de Crédito (R.I. – G.E.)

- Posición neta diaria en LELIQ (R.I. – P.N.L.)

Cabe aclarar que esta fecha de presentación también debe ser considerada para los requerimientos informativos trimestrales que están sujetos al vencimiento de los regímenes informativos mensuales, así como para la información trimestral a marzo/2020 del R.I. Reporte de operaciones sospechosas.

Por último, se dispuso para los regímenes informativos para Publicación Trimestral/ Anual y para Supervisión, que el vencimiento para la presentación de las informaciones correspondientes a marzo 2020, será a los 70 días posteriores al cierre del trimestre. El mismo vencimiento se aplicará para la presentación del Informe Técnico de autoevaluación de riesgos de LA/FT.

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Rodrigo J. Danessa, Gerente Principal de Régimen Informativo y Centrales de Información - Estela M. del Pino Suárez, Subgerente General de Régimen Informativo y Protección al usuario de Servicios Financieros.

e. 20/04/2020 N° 17298/20 v. 20/04/2020

Fecha de publicación 20/04/2020