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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DEFENSA SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO OPERATIVO Y SERVICIO LOGÍSTICO DE LA DEFENSA

Disposición 29/2020

DI-2020-29-APN-SSPOYSLD#MD

Ciudad de Buenos Aires, 17/04/2020

VISTO el Expediente Electrónico Nº EX-2020-18319536- -APN-CSBFFA#MD del Registro del MINISTERIO DE DEFENSA, y la Emergencia Decretada mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260 del 12 de marzo de 2020 (DECNU-2020-260-APN-PTE), modificada por el Decreto 287 del 17 de marzo de 2020 (DECNU-2020-287-APN-PTE), y Decisión Administrativa 409 del 18 de marzo de 2020 (DECAD-2020-APN-JGM), reglamentada por Disposición Nº 48 del 19 de marzo de 2020 (DI-2020-48-APN-ONC#JGM), complementadas por Comunicación General ONC Nº 6/2020 del 30 de marzo de 2020 (NO-2020-19592807-APN-ONC#JGM) y lo ordenado por Resolución Nº 88 del 13 de marzo de 2020 (RESOL-2020-88-APN-MD), y

CONSIDERANDO:

Que por Disposición DI-2020-25-APN-SSPOYSLD#MD del 4 de abril de 2020 se aprobó en su ARTÍCULO 1º lo actuado en el procedimiento de selección que bajo la modalidad de Contratación por “Emergencia”, tramitada bajo el número COVID 19 Nº 004/2020, cuyo objeto consiste en la “ADQUISICION DE BOTELLAS ENVASE ALCOHOL EN GEL”, ello de conformidad en las bases y condiciones insertas en él Sírvase Cotizar que rigieron para el llamado y se adjudicó en su ARTICULO 2º los renglones Nros. 1 y 2, del presente llamado, a la firma ENPA ENVASES PLASTICOS ATERMICOS SAICIFA (CUIT 30-50533477-5) por un importe total de PESOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS TRECE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA ($ 4.313.650,00).

Que debido a un error involuntario se omitió instruir en el artículo de forma la posterior publicación del mismo en la página web de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y en el Boletín oficial, conforme lo dispone el artículo 8) del Anexo a la Disposición ONC Nº 48/2020.

Que por tal motivo corresponde proceder a la rectificación en los términos del artículo 101 del Decreto Nº 1759/1972 T.O. 2017.

Que por lo expuesto precedentemente se deberá enviar la presente medida para su difusión en el portal de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, el portal oficial del MINISTERIO DE DEFENSA y en el BOLETÍN OFICIAL por el término de UN (1) día, dentro de los DIEZ (10) días de notificado el presente, según lo establecido en la Disposición ONC Nº 48/2020 y su correspondiente Anexo.

Que para el presente procedimiento, no habiéndose modificado el objeto de la contratación, no resulta necesaria la intervención del Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que la suscripta se halla facultada para el dictado de la presente medida de conformidad con lo dispuesto por el artículo 5° de la Disposición Nº 48/2020.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO OPERATIVO Y SERVICIO LOGÍSTICO DE LA DEFENSA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Rectifíquese el ARTÍCULO 6º de la Disposición DI-2020-25-APN-SSPOYSLD#MD el que deberá reemplazarse por el siguiente texto:

“ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.”

ARTÍCULO 2°.- Enviar la presente medida para su difusión en el portal de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, el portal oficial del MINISTERIO DE DEFENSA y en el BOLETÍN OFICIAL por el término de UN (1) día, dentro de los DIEZ (10) días de notificado el presente, según lo establecido en la Disposición ONC Nº 48/2020 y su correspondiente Anexo.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Lucia Del Carmen Kersul

e. 21/04/2020 N° 17471/20 v. 21/04/2020

Fecha de publicación 21/04/2020