BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 6978/2020
16/04/2020
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: OPASI 2 – 589, OPRAC 1 – 1019. Operaciones al contado a liquidar y a término, pases, cauciones, otros derivados y con fondos comunes de inversión. Adecuaciones.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
“- Disponer que, a partir del 17.4.2020 inclusive, las entidades financieras no podrán realizar operaciones de caución bursátil tomadoras ni colocadoras.”
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Matías A. Gutiérrez Girault, Gerente de Emisión de Normas - Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas
e. 21/04/2020 N° 17456/20 v. 21/04/2020
Fecha de publicación 21/04/2020